domingo, 18 de febrero de 2024

La erosión de la costa por diques, puertos y presas es 10 veces mayor que la provocada por el cambio climático

 

El profesor Medina Folgado expone ante los abogados de la Comunitat Valenciana la situación de las costas y los modos de resolver la regresión.

Apenas unos días después de que el Tribunal Supremo tumbase el Reglamento de Costas aprobado por decreto por el Gobierno de Pedro Sánchez el año pasado y que está provocando mucho malestar con los deslindes en municipios como Dénia, el Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) celebró el martes una jornada bajo el título "Deslindes de la Ley y de Costas. Cómo defenderse de la Administración", en la que participó el ingeniero y catedrático, Josep Ramón Medina Folgado, director del Laboratorio de Puertos y Costas de la Universitat Politècnica de València.

El doctor e ingeniero fue contundente respecto a la situación de las costas en la Comunitat Valenciana y las causas responsables de la erosión generalizada de las playas, que cifró en un déficit de 2,5 millones de metros cúbicos de sedimentos al año (según se desprende del estudio Beachmed).

Para el experto, la construcción de embalses y presas fluviales, diques, puertos y las extracciones de arena provocan diez veces más regresión del litoral que el aumento del nivel del mar y erosión por efecto del cambio climático.

Medina Folgado remontó su explicación a los años 80 del pasado siglo, cuando la iniciativa pública pasaba por recuperar la costa y regenerar las playas. Y la contrapuso a situación actual en la que el cambio climático es utilizado como "excusa para eludir responsabilidades" por las administraciones, que no van más allá que limitar la propiedad privada en la costa con deslindes.

El ingeniero explicó que el cambio climático sí causa erosión, con el aumento de 1 a 3 milímetros del nivel del mar al año, pero que "este carácter erosivo es muy pequeño respecto a otros factores". La construcción de presas y embalses en los ríos y de diques y puertos en el mar, son en su opinión los mayores causantes de la pérdida de sedimentos "y todas de estas obras, aseguró, son "responsables las administraciones".

Es más, insistió en que son las administraciones públicas las que "tienen las herramientas y recursos" para volver a regenerar las playas con aportes de arena gracias a depósitos submarinos como el de Cullera, procedente de una playa anterior a la última era glaciar y que contiene 90 millones de metros cúbicos que servirían para regenerar las playas de la Comunitat, que de 1946 a 2000 perdieron 135 millones.

Causas de la erosión

El catedrático se detuvo en las principales causas de que las playas estén retrocediendo. Así, comenzó hablando de las presas de los ríos. Los cauces fluviales, expuso, de forma natural transportan los sedimentos gruesos (arenas y gravas) y los sedimentos finos (limos y arcillas) hacia su desembocadura en el mar. Pero si el transporte natural se interrumpe por una presa, los sedimentos gruesos se depositan y acumulan en la cola de los embalses.

"Los ríos de la cuenca del Júcar están acumulando más de 3 millones de metros cúbicos de sedimentos al año. El 10-15% de esos sedimentos gruesos debería llegar a las playas", afirmó el Medina Folgado. En este sentido, el profesor aseguró que el problema se podría resolver haciendo un trasvase de sedimentos aguas abajo de las presas, pero no se está haciendo pese a la que Directiva Marco del Agua así propone.

El otro gran problema son las barreras construidas por el hombre en el litoral (diques, puertos y espigones) que impide el transporte litoral en los primeros metros de profundidad. El caudal de sedimentos se queda acumulado en una parte y provoca erosión en otra.

Se podría resolver restituyendo el flujo natural cogiendo arenas de un lugar y llevándolo a otro. "El oleaje va a continuar y los diques no se van a mover", explicó Medina Folgado, pero para ello habría que trasladar esos sedimentos allí donde se necesitan.

Es en este punto en el que el experto aboga por coger arena de un banco marino y trasladarlo donde se necesita. Una actuación que se hacía antes de los años 90 y que ahora de desestima salvo en casos excepcionales.

https://www.elespanol.com/alicante/20240215/erosion-costa-diques-puertos-presas-veces-mayor-provocada-cambio-climatico/832666914_0.html

viernes, 16 de febrero de 2024

El Ministerio asegura que puede tramitar una nueva modificación del reglamento de Costas anulado por el Supremo

El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (Miteco) asegura que la sentencia del Tribunal Supremo que anula el reglamento de Costas de 2022, tras el recurso presentado por la Plataforma de Afectados por del deslinde de Costas de Formentera, "no entra en el fondo de la regulación, sino que la anulación es por cuestiones de forma”. Este deslinde afecta a cientos de negocios y propiedades de toda España y, como es lógico, de Ibiza y Formentera.

Explica que en el caso concreto de la norma anulada por el Alto Tribunal, "se llevó a cabo una amplísima participación pública sobre el proyecto, abierta a toda la ciudadanía y comunicada a todos los potenciales afectados, y se estudiaron y tuvieron en cuenta las numerosas aportaciones recibidas".

Es decir, que el Ministerio considera que se garantizó la "total participación ciudadana" y que "al no haber sido suscitados defectos de fondo [en la sentencia], se puede volver a tramitar la modificación con el mismo contenido".

Insiste en que la modificación anulada de 2022 del Reglamento General de Costas, se refería a "aspectos parciales de una materia" porque afectaba a muy pocos artículos del Reglamento aprobado en 2014. Las modificaciones más relevantes se referían "a concesiones y deslindes, y se introdujeron para adaptar el Reglamento a la normativa vigente así como para tener en cuenta los efectos del cambio climático", puestos de manifiesto en la Estrategia de Adaptación al Cambio Climático de la Costa Española, aprobada en 2017.

Deslindes

Respecto a los deslindes, el Ministerio aclara que el Real Decreto de 2022 eliminó del Reglamento General de Costas "el criterio de alcance del oleaje cinco veces en cinco años para el establecimiento de la ribera del mar" y prescindió de las especificaciones sobre tipos de dunas incluidas en el dominio público marítimo-terrestre, "puesto que en ambos casos se excedía lo regulado en la Ley de Costas y se limitaba la definición de los bienes con características de dominio público, lo que resulta incoherente con los escenarios climáticos a los que nos enfrentamos". 

Al mismo tiempo, el Miteco deja claro que la anulación de la modificación del reglamento de 2022 "no implica la anulación de ningún deslinde". Asegura que en todos los deslindes aprobados desde la modificación reglamentaria "se hubiera establecido la misma línea de ribera del mar aplicando el reglamento de 2014, bien porque el alcance del oleaje ha sido solo uno de los criterios aplicados y el resto (inundabilidad, características de playa o acantilado) ya determinan la pertenencia al dominio público, bien porque el alcance de los mayores temporales coincide con el criterio de alcance cinco veces en cinco años". 

La modificación de los criterios del deslinde del dominio público marítimo-terrestre del reglamento anulado de 2022, "hubiera tenido efectos más a largo plazo, dados precisamente los efectos del cambio climático, pero aún no en los practicados inmediatamente tras su aprobación, puesto que estos efectos aún no son tan patentes como lo serán en los próximos años", subraya el Ministerio. 

Respecto al concreto caso de Formentera, el Miteco asegura que "el deslinde de la mayor parte de la isla se aprobó en 1997 y es firme, al haberse desestimado los numerosos recursos que se interpusieron contra él".

https://www.diariodeibiza.es/formentera/2024/02/16/ministerio-asegura-tramitar-nueva-modificacion-98247272.html

martes, 13 de febrero de 2024

La asociaciones alicantinas afectadas por el Reglamento de Costas anulado por el TS, a la espera de otros recursos


Quieren saber la decisión del alto tribunal sobre otros aspectos denunciados para que el Gobierno no trate de subsanar el error formal y volver a tramitar el decreto como está.

La anulación por parte del Tribunal Supremo del Reglamento de Costas aprobado por decreto en agosto de 2022, echa por tierra todas las actuaciones de la Dirección General del Ministerio para la Transición Ecológica desde esa fecha, muchas de las cuales han tenido una gran contestación social en la provincia de Alicante. De hecho, cada una de las asociaciones de afectados presentó su propio recurso y ahora quedan a la espera de que el alto tribunal responda también a sus argumentos.

Y es que por el momento el Supremo ha tumbado el Reglamento por un recurso de la Plataforma de Afectados por el Deslinde de Costa Formentera, por un defecto de forma basándose en que la norma administrativa (que no ley) del Reglamento no pasó por una consulta pública con participación ciudadana.

Los afectados temen que con tan sólo esta sentencia, el Gobierno intente de nuevo aprobar el Reglamento de Costas por decreto subsanando el error por el que el Supremo ha tumbado la norma administrativa. En cambio, si el Supremo entra a valorar el fondo de otros recursos, se conseguiría un "contexto jurídico" más amplio.

En el caso de la Asociación de Vecinos de Playa Babilonia, en Guardamar, el recurso judicial no estaba basado en la ausencia de consulta pública sino en el modo en que se ha tramitado, un reglamento por decreto, para una materia que debería haber pasado por el Congreso de los Diputados en forma de ley.

"El Reglamento entra a regular materias que no son desarrollo de una ley, sino una ley en sí misma, que es lo que debe reformarse y debatirse en las Cortes. Entre otras cosas porque regula la delimitación del Dominio Público Marítimo Terrestre (DPMT) o el alcance de los deslindes cambiando la ley de Costas y conduciendo a una situación de inseguridad jurídica ya que un reglamento no puede crear derecho", explica Manuel López, de dicha asociación.

También en Dénia otros afectados agrupados en la Asociación en Defensa de la Playa Norte y la Asociación de Playa Les Deveses registraron sus recursos propios, incluyendo uno más en conjunto con la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas que preside Carmen del Amo.

Rosa Marín, vicepresidenta de la Asociación de Playas Norte de Dénia y secretaria del colectivo vecinal de Les Deveses, explica que en tanto en sus recursos como en el general que hizo la asociación de Carmen del Amo, también se contempla la falta de participación ciudadana que ha servido para tumbar el Reglamento, "porque los afectados entendían que les provocaba una indefensión".

Pero además, tanto en este recurso como en las alegaciones que se han realizado a los deslindes del pasado otoño en el municipio alicantino, se exponen más argumentos contra el Reglamento aprobado por decreto, como el hecho de que no se debatan todos estos asuntos en procedimiento de ley.

https://www.elespanol.com/alicante/20240213/asociaciones-alicantinas-afectadas-reglamento-costas-anulado-ts-espera-recursos/832166973_0.html

El varapalo del Supremo a los deslindes del Gobierno no calma a los afectados: "Es un galimatías jurídico que obligará a revisar caso por caso"


En su primera respuesta a la cascada de recursos, el Alto Tribunal anula el reglamento de Costas que dejaba en manos del Estado numerosos inmuebles en primera línea de playa 

Miles de propietarios en primera línea de playa están a un paso de perder sus casas o negocios. Sin embargo, la anulación por parte del Tribunal Supremo del reglamento de Costas de 2022 abre ahora la puerta a tumbar los deslindes kilométricos que en los últimos meses había ido realizando por toda la costa española el Ministerio para la Transición Ecológica. Unos deslindes que, al ampliar el alcance del dominio público marítimo-terrestre con el argumento de proteger las playas, afectaban a numerosos inmuebles que, en la práctica, iban a pasar a manos del Estado.

Pero la reciente sentencia del Supremo declara la "nulidad de pleno derecho" del Real Decreto por el que se modificó el reglamento de Costas en 2022. Es la primera respuesta a la cascada de recursos planteados, en este caso, el de los afectados de Formentera. Según el fallo, el cambio del reglamento debía haber pasado por el trámite de la consulta pública, que no se hizo.

Esto significa que los deslindes que ejecutó la Demarcación de Costas conforme a esta norma dejan de ser válidos, pero no los que se iniciaron anteriormente según el reglamento de 2014. Todo "un galimatías jurídico que obligará a revisar caso por caso".

Así lo advierte Manolo López, portavoz de Somos Mediterrania, una entidad que agrupa a medio centenar de colectivos de afectados por la Ley de Costas en toda España. "Que desaparezca la reforma del reglamento de 2022 nos retrotrae a la normativa anterior: el reglamento de 2014, que no es mejor", explica. Por tanto, "solo decaerán automáticamente los deslindes que se estaban sustentando sobre el último reglamento, porque la retroactividad de la norma es limitada".

Y aquí es donde aparece la primera complicación, tal y como constata Pedro Pastor, presidente de la Asociación de Afectados por la Ley de Costas en Denia. En este municipio alicantino, con gran proyección turística, los vecinos se han levantado en armas en los últimos meses para tratar de salvar los 3.617 inmuebles afectados. De estos, 103 son los que quedarían directamente dentro del dominio público con la propuesta de deslinde. Dicho con otras palabras, sus legítimos propietarios dejarán de serlo en beneficio del Estado. Un caso de "confiscación en toda regla" que denuncia Somos Mediterrania.

Aun así, no está claro que los deslindes en Denia se puedan paralizar sin más. "El deslinde a día de hoy sigue vivo y entendemos que está vigente", lamenta Pastor, que denuncia "la falta de transparencia de Costas". "No hemos podido ver aún ningún informe técnico que justifique los deslindes en Denia, por lo que Costas podría subsanar cualquier defecto y volver a presentar el deslinde", insiste. Y ello porque el deslinde definitivo no está ejecutado, a pesar de que ya se han superado las fases de incoación y del acto de apeo. Dicho de otro modo, está por ver si Costas podría acogerse al reglamento de 2014 y completar el trámite.

Para el director general de Costas de la Generalitat, Vicente Martínez Mus, "los criterios de deslinde que venía aplicando el Ministerio hacen referencia al temporal Gloria de 2020, por lo que queda claro que el reglamento que se aplicaba era el de 2022". "Es nulo y no se pueden validar los actos administrativos", subraya. En su opinión, "el Ministerio vuelve a la casilla de salida".

https://www.elmundo.es/economia/2024/02/13/65ca5878e85ece8c4a8b45a1.html

domingo, 11 de febrero de 2024

El Supremo anula el reglamento de Costas de Ribera por saltarse la consulta pública

 

El Gobierno se saltó el trámite de consulta pública y, ahora, el Tribunal Supremo ha decidido anular entero el real decreto por el que el Ministerio para la Transición Ecológica reformó en 2022 el reglamento general de Costas. Este texto cambió, entre otras cosas, las condiciones por las que debían regirse los chiringuitos, las normas para los deslindes o las prórrogas para la ocupación del dominio público-terrestre.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se pronuncia así tras el recurso presentado por la Plataforma de Afectados por el Deslinde de Costa Formentera. La consecuencia inmediata es que ahora está en vigor el reglamento elaborado por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2014. El Ejecutivo de Sánchez lo cambió para aclarar que las concesiones de dominio público marítimo-terrestre tenían un plazo máximo de 75 años, a contar desde la ley de Costas del 88 (y no desde la solicitud de una prórroga años después), pero también para facilitar los deslindes y para restringir las infraestructuras de los chiringuitos.

Sin embargo, el Gobierno se saltó un paso fundamental de la tramitación: el de escuchar a los ciudadanos. En su fallo, el tribunal señala que para poder prescindir del trámite de consulta pública en un reglamento «han de concurrir las circunstancias acumuladas de que se trate de normas presupuestarias u organizativas y, además de esas específicas normas reglamentarias, que concurran razones graves de interés público que lo justifiquen, no impongan obligaciones relevantes a los destinatarios o regulen aspectos esenciales de una materia». En cambio, el real decreto que sacó adelante el departamento de la ministra Teresa Ribera, «en modo alguno tiene naturaleza organizativa o presupuestaria y, además y a los solos efectos del debate suscitado, en modo alguno cabría infravalorar, como se razona en la Memoria de Análisis del Impacto Normativo, los efectos de la reforma», aperciben los magistrados.

La sentencia cuenta con el voto particular de dos de los cinco magistrados, que consideran que la nulidad absoluta del reglamento es desproporcionada. Según argumentan, hubo participación ciudadana, aunque fuese en un momento posterior a la elaboración del proyecto.

Consecuencias

«A día de hoy, el real decreto no tiene aplicación. Volvemos al reglamento de 2014«, explica Daniel Olabarría, especialista en materia de costas y derecho inmobiliaria en Buades Legal ajeno al proceso. Entre las consecuencias que prevé el abogado se encuentra que los nuevos negocios en la costa podrán optar a concesiones de hasta 75 años, por ejemplo, ya que era el real decreto de 2022 el que limitaba la posibilidad a 30 años.

Además, las condiciones para los chiringuitos volverán a ser las previas. «El reglamento les limitaba mucho los espacios», reconoce Olabarría. El reglamento de Ribera introdujo que estos solo podían ser de una planta y sin sótano. También establecía que las edificaciones no podían «limitar el campo visual ni romper la armonía del paisaje costero o desfigurar su perspectiva». Unas modificaciones que levantaron ampollas entre los hosteleros.

Nuevos deslindes

Para facilitar nuevos deslindes, el reglamento establecía nuevas normas, que han generado afectados por toda la costa española. «Ese reglamento dice cosas como que un único temporal, en un único lugar, una única vez incluso en cien años, sea suficiente para que si llega una ola deje de ser propiedad privada y pase a ser dominio público. Aberraciones como esa y otros pronunciamientos igual de agresivos es lo que propone el reglamento», recordaba ayer haber avisado Vicente Martínez Muz, director general de Costas de Comunidad Valenciana. Entonces avisó de que el reglamento se había elaborado a espaldas de los ciudadanos, y que había miles de alegaciones en contra.

También ampliaba el dominio público al blindar todos los tipos de dunas al mismo nivel, frente a la diferenciación que hacía el anterior reglamento. Y establecía que, en caso de silencio administrativo, se diera por hecho el «no» a la petición que se cursara, explican María José Mayans y Vicente Tur, presidenta y vicepresidente de la Plataforma de Afectados por el Deslinde de Costa Formentera, quienes han conseguido la sentencia con la ayuda de Cuart Abogados.

Sin embargo, sobre otro de los puntos más polémicos, en opinión de Olabarría la decisión de Supremo no tendrá efecto: las prórrogas de las concesiones en dominio público marítimo-terrestre. El Gobierno de Rajoy intentó que se computasen desde la solicitud de la prórroga, ampliando de facto unos 30 años la posibilidad de las licencias. Este era uno de los puntos más polémicos. Sin embargo, además de acortar esta posibilidad en el reglamento, Teresa Ribera también la introdujo en la ley de Cambio Climático: «Los plazos de duración de los títulos de ocupación del dominio público marítimo-terrestre se computarán desde su otorgamiento e incluirán todas sus prórrogas, de ser estas posibles, sin superar los plazos máximos establecidos en la Ley 22/1988», decía la ley climática. Es decir, que existe una norma con rango de ley que reitera el cómputo de los plazos de licencias que estaría por encima del reglamento de 2014, recuerda Olabarría.

Transición Ecológica no ha respondido a preguntas de este periódico sobre si iniciará un nuevo proceso para aprobar un reglamento.

https://www.abc.es/sociedad/supremo-anula-cambio-reglamento-costas-gobierno-omision-20240208142358-nt.html