sábado, 4 de septiembre de 2010

La Audiencia Nacional anula el deslinde del dominio público de Costa Teguise


Costas no justificó adecuadamente la delimitación

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha anulado el deslinde del dominio público marítimo terrestre aprobado por la Dirección General de Costas hace cuatro años que abarca Costa Teguise por incluir terrenos que no estaba justificado que debiesen estar bajo el control del Ministerio de Medio Ambiente.

En concreto, se ha anulado el deslinde entre la zona conocida como ‘El Oriente' y la ensenada de Los Mármoles, un total de 7,4 kilómetros de longitud entre los municipios de Teguise y Arrecife.

El origen de la anulación fue el recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa Realizaciones Inmobiliarias Canarias SA, propietaria del Hotel Galeón Playa de Costa Teguise, ubicado en la avenida del Jablillo, al entender que el deslinde se excedía en su delimitación.

El anterior deslinde de la zona de Costa Teguise data de mayo de 1972 y, en teoría, el de septiembre de 2006 era similar al deslinde previo en las inmediaciones del citado establecimiento turístico.

En el deslinde de Costas del año 2006 se fija el “punto interior más alto alcanzado por las olas en los mayores temporales conocidos”. Sin embargo, la sentencia recalca que la Dirección General no aporta “ninguna documentación, prueba ni informe” para establecer ese límite.

Un informe pericial de la empresa recurrente concluyó que existía “una diferencia de unos 18 o 20 metros de distancia” entre el deslinde de 1972 y el efectuado en 2006, con el añadido de que habían “desaparecido los mojones” que señalaban la delimitación antigua.

El perito “también es contundente en afirmar que el agua del mar no puede llegar” a donde se ha situado el deslinde del dominio público marítimo terrestre. La Audiencia Nacional recalca además que el ministerio no aportó “información suficiente que permita valorar la corrección de la delimitación propuesta”.

“Nada se ha aportado” por parte de la Dirección General de Costas, añade la Sala. Ni estudio de mareas, ni estudio de olas ni estudio geomorfológico “para fundar” el deslinde del dominio público bajo el argumento de que “hasta la zona deslindada se hace sensible el efecto de las mareas”.

http://www.diariodelanzarote.com/2010/09/02/lanzarote04.htm

NO HACE FALTA SER UN EXPERTO JURÍSTA

NI GEÓLOGO, NI INGENIERO....

CON SÓLO CON TENER UNA INTELIGENCIA MEDIA Y OJOS EN LA CARA, SE VE QUE ALGO NO CUADRA.































O LA LEY ESTÁ HECHA PARA PODER ACTUAR A CAPRICHO DE UNOS Y DE OTROS....., O COSTAS CONTRATA INGENIEROS MUY LISTOS PARA UNOS CASOS E INÚTILES PARA OTROS..., O LOS JUECES ESTÁN CIEGOS...PERO, DE UNA U OTRA MANERA SE LLEGA A LA MISMA CONCLUSIÓN:

EN ESPAÑA, LOS DERECHOS UNIVERSALES DEL SER HUMANO SON PURA ILUSION