La norma excluye del dominio público a varias edificaciones de ese tipo, caso de Villaviciosa, mientras incluye a otras construcciones similares
El deslinde de El Gaitero revela las distintas aplicaciones de la ley de Costas
El conflicto que mantiene Sidra El Gaitero con Costas por el deslinde que convierte su fábrica de Villaviciosa en terrenos de dominio público ha vuelto a traer a primer plano de la actualidad una norma proteccionista que es considerada por muchos de los afectados como un verdadero «expolio».
Y es que esta ley se sujeta a interpretaciones lo que da lugar a que no se aplique de la misma manera en todo el Estado. Prueba de ello es la diferente manera en que ha afectado a los molinos de mareas del norte de España, unas construcciones que utilizan precisamente la energía de los cambios de nivel de las mareas en los estuarios como fuerza motriz.
Hay casos en los que estas construcciones han sido excluidas del dominio público, ya sea por sentencia favorable del Tribunal Supremo, como es el caso del molino A Seca, ubicado en la localidad gallega de Cambados, o por informe favorable del abogado del Estado, como es la situación del molino de La Encina, en la ría de Villaviciosa.
En el primero de los casos los propietarios agotaron la vía judicial y el Tribunal Supremo excluyó esta construcción del dominio público al considerar que tenía unas cotas de más de tres metros y que se encontraba sobre «terrenos no inundables». En el segundo de los casos, el de
La Enciena, la construcción se excluye del dominio público por el informe favorable del abogado del Estado, un documento que, según la Delegación del Gobierno, «no se encuentra en la Demarcación de Costas de Asturias».
También hay casos en los que el Estado ha optado por expropiar estos molinos a sus dueños, pagando un justiprecio, con el objetivo de rehabilitarlos.
Es el caso del molino de Santa Olaja, en la ría cántabra de Santoña, donde a día de hoy hay un centro de interpretación.
Los casos más llamativos de estas distintas aplicaciones de la Ley de Costas se dan en la vizcaína ría de Urdaibai. Allí existen tres molinos de mareas afectados por esta norma.
Dos de ellos, el Mallukitza en Murueta y otro más en Busturia han sido declarados como construcciones ubicadas en un terreno calificado como servidumbre de protección; mientras que el molino de Portu Errota ha sido incluido dentro del dominio público.
Curiosamente las dos primeras construcciones están más próximas a la línea de costa que la tercera además de tener unas cotas inferiores a los tres metros, algo que no ocurre en el caso de Portu Errota cuyas cotas son mucho mayores.
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