martes, 3 de julio de 2012

La Audiencia Nacional anula el deslinde del litoral en Binimel·là (Es Mercandal) Menorca

El tribunal da la razón al propietario del restaurante ubicado en la zona, Eduardo Pascual, quien denunció la caducidad del expediente aprobado en su día por el Ministerio de Medio Ambiente

Según el deslinde que Costas pretendía aplicar en esta zona, la parcela pasaba de tener 20.000 metros cuadrados a 3.000 

Cual efecto dominó, la Audiencia Nacional está echando por tierra uno tras otro los nuevos deslindes fijados por Demarcación de Costas en Menorca. Después de anular el del solar de Gel-Fux en Ciutadella y de dar la razón a los propietarios de la finca Tirant Vell, de Es Mercadal, la Justicia ha vuelto a fallar a favor de otro afectado, el propietario del restaurante de Binimel·là, Eduardo Pascual. Y es que en estos dos últimos casos, así como en otros procedimientos que ya están en marcha contra el Ministerio de Medio Ambiente, los propietarios denuncian la caducidad de los deslindes aprobados en su día por Costas y ahora la Audiencia les está dando la razón.


La magistrada ponente de la Sala de lo Contencioso Administrativo (sección Primera) de la Audiencia Nacional, Nieves Buisán García, deja claro este hecho en el fallo que anula el deslinde realizado por Costas en Binimel·là, en concreto en el tramo comprendido entre los hitos 176 y 186, catalogado en su día por Costa como zona de dominio público marítimo terrestre. La magistrada remarca que el procedimiento de deslinde fue incoado por Medio Ambiente en marzo de 2007 y concluyó en febrero de 2009. En este punto recuerda que la ley establece un plazo de dos años para tramitar y notificar la resolución del procedimiento. En cambio, al propietario del restaurante de Binimel·là, dicha notificación le fue entregada en marzo de 2009, “dicho plazo se ha sobrepasado con creces en el presente caso”, subraya la magistrada ponente. 

Deslinde de es Mercadal
La Audiencia Nacional anula el deslinde por la caducidad del expediente, el propietario recupera el dominio, pero contra este fallo cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. No obstante, este órgano ya ha ratificado alguna sentencia de la Audiencia Nacional, como en el caso de Tirant Vell, por lo que previsiblemente, Costas deberá tramitar de nuevo todo el deslinde de Es Mercadal. Solo en esta población, el deslinde de bienes de dominio público marítimo terrestre aprobado por el Ministerio de Medio Ambiente en 2009 afecta a 87.720 metros de longitud.

No entra en el fondo
La sentencia de Binimel·là no entra en el procedimiento utilizado por Costas, ni en la delimitación realizada, cuestiones de fondo que el abogado de Eduardo Pascual también puso en duda en el recurso presentado ante la Audiencia Nacional. El mismo propietario del restaurante, Eduardo Pascual, explica que con el deslinde que Costas pretendía aplicar en esta zona, su terreno pasaba de tener 20.000 metros cuadrados a disponer nada más de 3.000.  “Me pusieron cuatro mojones en cada una de las esquinas de la casa. Ahora los tienen que quitar y poner otros nuevos respetando las distancias”, comenta. 
El propietario hace hincapié en que su finca se encuentra situada a 400 metros de la playa, es decir, alejada de la servidumbre de protección de 100 metros que establece la Ley de Costas de 1988. El propietario del restaurante de Binimel·là sospecha que la intención de Costas era que su negocio pasase a ser un concesión más.

Un litigio de tres años que ha costado 18.000 euros
Eduardo Pascual abrió el restaurante en las cercanías de la playa de Binimel·là, en 1996. Hace cuatro años, tras conseguir la declaración de interés general y las correspondientes autorizaciones del Govern, Consell y Ayuntamiento de Es Mercadal, llevó la luz a esta zona, un logro que representó para él un fuerte desembolso económico. Después de luchar años para conectarse a la red eléctrica y modernizar su negocio, encontró poco después otro obstáculo en el camino. Relata que lleva tres años litigando con Costas con un gasto añadido de unos 18.000 euros. Al pago de la minuta de su abogado y del procurador de la Audiencia Nacional, ha tenido que añadir las costas del informe realizado sobre su terreno por el ingeniero de Caminos, Lorenzo Muzas Labad, y el estudio geotécnico encargado a la empresa Munditest. Documentación que aportó al procedimiento. A todo ello, también suma el pago del estudio realizado por otro ingeniero independiente designado por la Audiencia. “El informe que nos hizo esta persona fue muy favorable a la postura que manteníamos”, apunta satisfecho. “De momento no puedo recuperar nada, porque la sentencia dice que me da la razón, pero no impone el pago de costas a ninguna de las partes”, explica. 
Eduardo Pascual se muestra muy crítico y dolido con la forma de actuar de Demarcación de Costas. “Dijeron que habían realizado un estudio en mi terreno, pero según el ingeniero neutral nombrado por el mismo juez, Costas realizó las pruebas fuera de mi parcela y, por tanto, no sirven”, relata. “No entiendo cómo Costas pudo decir que hicieron las pruebas en mi terreno sin yo saberlo”, agrega aún contrariado por lo sucedido.

SENTENCIA
http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6390351&links=tramo%20comprendido%20entre%20los%20hitos%20176%20y%20186&optimize=20120601&publicinterface=true