jueves, 30 de agosto de 2012

La sentencia de las torres de Benidorm empuja al concurso de acreedores a Edificaciones Calpe


El cumplimiento a rajatabla e la sentencia del Tribunal Supremo que anula la autorización concedida por la Generalitat para que la constructora del promotor Andrés Ballester, Edificaciones Calpe, pudiera levantar el complejo Gemelos 28 de Benidorm obligaría a esta sociedad a solicitar el concurso de acreedores.
Fuentes de la compañía han reconocido en declaraciones ValenciaPlaza.com que, si la sentencia no es corregida por una instancia superior, la empresa se quedaría "sin la única fuente de ingresos que mantiene en la actualidad", lo cual la abocaría irremediablemente al concurso de acreedores.
Andrés Ballester es uno de los promotres más emblemáticos de la Comunidad Valencina. Él y su hermano Enrique, con quien decidió repartir las actividades del Grupo Ballester hace algunos años, se situaron en la cúspide del gran negocio de la promoción inmobiliaria valenciano durante la llamada 'burbuja' del ladrillo. Además de las promociones en la Comunitat Valenciana, se hicieron propietarios de singulares edificios en Madrid y Barcelona que posteriormente, con el pinchazo de la burbuja, han tenido que ir vendiendo para poder hacer frente a sus responsabilidades financieras.
UNA INTERPRETACIÓN FLEXIBLE
Desde la empresa se reconoce que agotarán la vía judicial y recurrirán la sentencia, sin descartar la posibilidad de llegar a los tribunales de la Unión Europea. Al mismo tiempo, representantes de la firma se reunirán con los responsables de la Conselleria de Infraestructuras el próximo 31 de agosto para tratar la situación en la que el Tribunal Supremo deja el proyecto, del que ya se han vendido más de un centenar de sus 168 inmuebles.
En las próximas semanas está prevista otra reunión en el Ministerio de Fomento, la otra Administración implicada, para tratar de encontrar una solución, que podría pasar por "una interpretación flexible" de la Ley de Costas que permitiera seguir explotando el inmueble por un periodo de hasta 75 años. Aunque esta alternativa resulta insatisfactoria para la empresa, sería una opción que evitaría el derribo inmediato.
Fuentes de Edificaciones Calpe insisten en que la obra contó con todas las autorizaciones administrativas pertinentes, por lo que consideran que los propietarios y la constructora son víctimas de un enfrentamiento entre el Ministerio de Fomento, regido en el momento de la demanda por el PSOE, y la Administración valenciana.
'GEMELOS 28' FRENTE AL ALGARROBICO
Uno de los aspectos que recoge la sentencia y que ha indignado especialmente a los responsables de la empresa son las similitudes establecidas entre este caso y el del hotel 'El Algarrobico', en Almería.
Así como el hotel se encuentra en un parque natural y su construcción fue paralizada hace años, en el caso de Gemelos 28, la edificación nunca ha sido interrumpida y se realizó en suelo calificado como urbano desde 1960 y con todas las licencias. De hecho, Edificaciones Calpe recuerda que la empresa asumió la demolición de un edificio previamente existente para poder sacar adelante su proyecto.
POR ENCIMA DEL COLOR POLÍTICO
Desde el Ayuntamiento de Benidorm, la teniente de alcalde del Centro Democrático Liberal y exconsellera del PP, Gema Amor, ha defendido públicamente a la empresa y descartado el derribo en su nombre y en del alcalde,Agustín Navarro (PSOE), con el que mantiene un pacto de gobierno desde las pasadas elecciones municipales.
Consultado por ValenciaPlaza.com, el portavoz del Partido Popular, Antonio Pérez, prefiere no valorar la situación del inmueble hasta conocer los informes jurídicos municipales y la sentencia, que su grupo solicitó al equipo de gobierno a principios de agosto y aun no le han sido remitido.
En todo caso, Pérez advierte que la licencia de obra fue concedida en 1988 por el alcalde socialista Manuel Catalán y que la licencia de ocupación, concedida en junio de 2011, está firmada por el también socialista Agustín Navarro. Sin embargo, la historia ha sido más compleja y ha incluido decisiones favorables tanto del PP como de los socialistas.
De hecho, la entrada en vigor de la Ley de Costas a los 53 días de la concesión de la licencia paralizó ya el proceso en 1988 hasta la aprobación de un nuevo estudio de detalle para evaluar la conveniencia de la construcción en 1996, siendo alcalde Vicente Pérez Devesa (PP).
VISTO BUENO DE LA GENERALITAT 
El proceso se aceleró a partir de 2005 cuando el Gobierno de Francisco Camps, con Rafael Blasco como conseller de Territorio, otorgó la autorización a Edificaciones Calpe para iniciar la construcción. La Abogacía del Estado recurrió la decisión, pero el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) falló a favor de la empresa en 2008 y se iniciaron las obras.
Mientras el edificio iba tomando altura, el Tribunal Supremo aceptaba el recurso contra la decisión del TSJ. En este estadio, el Ayuntamiento de Benidorm, gobernado de nuevo por el PSOE, concedía la licencia de ocupación y los primeros vecinos entraban a sus apartamentos.
Cuando el Tribunal Supremo ha terminado por declarar nula la licencia de obra inicial, con lo que se declara ilegal la construcción, más de un centenar de sus 168 viviendas están ya ocupadas por vecinos que pagaron entre 290.000 y 480.00 euros por los apartamentos de 1 y 2 dormitorios de hasta 103 metros cuadrados.

sábado, 18 de agosto de 2012

Vecinos de Almassora alegan a la Ley de Costas por el impacto de PortCastelló

La Plataforma Amics de la Mar y la asociación de vecinos Pla de la Torre de Almassora entregaron ayer de forma conjunta un escrito de alegaciones al anteproyecto de la Ley de Costas. Ambas solicitan "una regulación más profunda" de los deslindes de la zona marítimo-terrestre ante la "vieja y medieval remisión a las olas en los mayores temporales conocidos". Además, el documento denuncia la impunidad con que actúa el puerto de Castelló sobre la playa de Almassora frente a los deberes e indemnizaciones que se exige a los propietarios si causan daños en la zona marítima. 
Según esta parte, que pertenece a la Plataforma para la Defensa de las viviendas y Propiedades del Litoral Castellonense de la Diputación de Castelló, la regulación de los deslindes "resulta anacrónica por su generalidad" y queda superada por los medios técnicos actuales. "Todo deslinde debería basarse en las situaciones que impone la realidad social, más que en las catastróficas que nunca deben prevalecer sobre aquella", añadió.
Los afectados sostienen que la Ley "resulta terriblemente injusta al no distinguir las causas de tales olas y de sus extraordinarios alcances cuando las mismas han sido provocadas o, por lo menos facilitadas, por la actuación humana como ha ocurrido y está ocurriendo con la construcción y ampliación de ciertos puertos como el de Castelló que, al modificar la dinámica litoral de arrastre de materiales ha degradado la playa de Almassora reduciéndola en mas de 200 metros".
Los firmantes de las alegaciones consideran que en tales supuestos, "los deslindes, más que santificar la destrucción provocada o facilitada por la obra del hombre, deben facilitar la reposición del medio ambiente degradado de acuerdo con la realidad social anterior".
Las alegaciones también abordan "el olvido de la Ley al principio que exige que quien causa daño a otro debe repararlo sin distinción de las personas o entidades causantes". 


Penas para quien genera daños
En esta línea, los afectados insisten en que la Ley de Costas sólo castiga a los causantes de los daños "cuando los realizan los particulares exigiendo garantías, reposición de los bienes afectados e indemnizaciones". Según los firmantes, ello supone un tratamiento desigual frente a los daños causados por administraciones. "Deberían aclararse en el nuevo texto legal y regular la obligatoriedad de la reparación permanente cuando los daños no son ocasionales sino constantes". Critican que cuando tras la revisión del deslinde se incorporan unos terrenos al dominio público marítimo, la Ley "establece una clara expropiación dilatada a 75 años, sin indemnización, y disfrazada de una concesión de simple uso lo que no deja de ser una vulgar confiscación o expolio retardado que resulta inconstitucional, a tenor de lo que dice el artítulo 33 de nuestra Carta Magna".

Alegaciones

jueves, 16 de agosto de 2012

El alcalde defenderá Calnegre ´gobierne quien gobierne´ (¿ Por qué no los defendió en 2006?)


El alcalde de Lorca, Francisco Jódar, junto al equipo de Gobierno del Ayuntamiento, seguirá defendiendo la continuidad del poblado de Puntas de Calnegre independientemente de quien gobierne en España, según manifiesta el concejal de Medio Ambiente, Melchor Morales.

Los vecinos de la zona, sobre la que hay en marcha un expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, quieren conservar sus casas, en las que, según ellos, llevan viviendo más de un siglo.


Los vecinos de Puntas de Calnegre se mantienen unidos a la hora de exigir que la ley de costas no acabe con una parte de sus historia, que siguen defendiendo a todos los efectos. Una ley de costas que, según el concejal Morales, afectará de alguna medida al poblado, aunque hasta el momento no hay nada definitivo al respecto.
En este sentido, dijo que «el equipo de Gobierno siempre ha estado y estará al lado de los vecinos de Puntas de Calnegre con independencia de quien esté en el Gobierno Central», recordando que «nuestra lucha se inició cuando gobernaba el PSOE y la mantenemos hoy, aunque haya cambiado el panorama político».

El edil advierte que «el Partido Popular está siendo criticado porque quiere cambiar la ley de costas para no perjudicar a los vecinos en situaciones como las de Puntas de Calnegre».
Morales critica lo que considera como «una obsesión» por parte del anterior Gobierno socialista por acabar con dicho poblado, algo que «tanto el alcalde como el actual equipo de Gobierno van a seguir defendiendo, cueste lo que cueste», afirmó Morales.

Desestimado por el Supremo
El Tribunal Supremo desestimó el pasado mes de octubre el recurso presentado por el ayuntamiento de Lorca para que se mantengan los deslindes efectuados en el año 1977, sobre dicho poblado integrado por casi medio centenar de viviendas que corren peligro de demolición en aplicación del nuevo deslinde que se llevó a cabo en el año 2005.


El ayuntamiento ha incoado ante la consejería de Cultura un expediente de Bien de Interés Cultural sobre dicho poblado que sirve para salvaguardar la instalación con la particularidad de que no se puede tocar, aunque el ministerio de Medio Ambiente lo impugnó ante los tribunales con un contencioso.
Los vecinos, mientras tanto, insisten en que no son ocupas y que se encuentran allí de forma legal a la vez que consideran que se ha actuado sobre ellos de forma arbitraria y con agravios comparativos.
Según el representante de los vecinos, Juan de Dios Martínez, cuando se hizo el deslinde «no tuvimos oportunidad de defender nuestros derechos como ciudadanos ni tampoco de alegar».

El Ayuntamiento tendría que haberlos defendido en 2006 cuando Costas chantajeó con no aprobar el Plan General Municipal de Ordenación de Lorca (PGOM) si no excluían del Suelo Urbano al poblado de Puntas de Calnegre. 
¿A cambio de qué? de "recursos" para "recuperar el frente litoral". 

Si el Ayuntamiento de Lorca no hubiera cedido en ese momento, ahora la situación hubiera sido muy distinta. 

Echar la culpa a los demás suele ser la mejor cortina de humo para que no se vea quienes fueron cómplices. 
De haberse opuesto los Ayuntamientos, ningún gobierno hubiera podido hacer nada, pero el dinero todo lo puede.
¡¡Qué fácil es subirse al carro cuando los demás tiran de él!!

Nota de prensa del Ayuntamiento de Lorca de 5/6/2006 justificando el abandono del  poblado de Puntas de Calnegre en manos de Costas. 

jueves, 9 de agosto de 2012

El Supremo falla ahora contra las torres de Punta Llisera y las deja fuera de ordenación


Una sentencia del alto tribunal anula la autorización que la Generalitat concedió en 2005 para edificar a escasos metros del mar e invadiendo la zona de protección


El Tribunal Supremo ha dado un duro varapalo a uno de los proyectos que más sombras han generado en el urbanismo de Benidorm durante los últimos años. Y no precisamente por la altura de sus torres, levantadas a escasos metros del mar, sobre la zona conocida como la Punta Llisera. Una sentencia dictada el pasado 23 de julio por la sección quinta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha decretado la anulación del permiso que la Generalitat Valenciana concedió en el año 2005 a la mercantil Edificaciones Calpe SL para construir el complejo residencial comercializado con el nombre de Gemelos 28, en la zona de servidumbre de protección marítimo-terrestre. El fallo anula por tanto el permiso de construcción otorgado por la Dirección General de Puertos y Costas hace ahora siete años y deja fuera de ordenación las dos torres de 21 alturas y sus 168 viviendas, muchas de las cuales ya están vendidas y habitadas desde hace más de un año.
La sentencia del Supremo deriva de un recuso presentado por los abogados del Estado contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que en junio de 2008 se pronunció a favor de la autorización concedida por la Generalitat. Esta primera sentencia sirvió para que la mercantil promotora del complejo decidiera seguir adelante con unas obras cuya tramitación se inició dos décadas antes, en 1988, y que sufrió continuas paralizaciones por cuestiones administrativas, pero también legales, entre las que se incluyó un expediente de expropiación forzosa iniciado por el Gobierno central en el año 2007 -y paralizado en 2009- por considerar que el proyecto contravenía la Ley de Costas. 
Ahora, el Supremo reconoce que la sentencia del TSJ "incurrió en error (...) al seleccionar la normativa aplicable" e incide en que cuando se dictó la autorización por parte de la Generalitat, en el año 2005, ya estaba en vigor una disposición de la Ley de Costas que prohibe la construcción de edificaciones residenciales en la zona de servidumbre de protección, a excepción de casos puntuales, aunque ninguno de ellos "se tuvo en cuenta en la autorización concedida", añaden los magistrados.

Un cúmulo de errores
El fallo no sólo hace alusión al permiso otorgado por la dirección autonómica de Costas en 2005 y al posterior dictamen del TSJ. También se retrotrae al inicio del expediente en sí. La sala reconoce que la licencia inicial, concedida por decreto en 1988 por el entonces alcalde socialista Manuel Catalán Chana, se firmó el 6 de junio en favor del anterior propietario del suelo Achille Cafarelli. Este documento estaba condicionado a la aprobación de un estudio de detalle, que el pleno aprobó inicialmente el 15 de julio de ese mismo año, catorce días antes de que entrara en vigor la Ley de Costas.
Catorce meses después, en septiembre de 1989, el mismo acalde invalidó el acuerdo plenario por no haberse adoptado con el quórum de la mayoría especial que legalmente se requería y no fue hasta el año 1996, cuando ya gobernaba el popular Vicente Pérez Devesa, cuando se aprobó definitivamente el estudio de detalle, un trámite que el Supremo recuerda que debía ser "previo o simultáneo a la concesión de la licencia".
Entre ambas fechas, concretamente en diciembre de 1994, el Tribunal Supremo ordenó al Ayuntamiento que continuase con la tramitación del estudio de detalle, estimando parcialmente un recurso de la mercantil Inmobiliaria y Promociones Cafarelli contra la inacción del Consistorio durante todos esos años.
El alto tribunal apunta por un lado que "no es descartable que la premura en la concesión" de esta licencia y la aprobación inicial del estudio de detalle "obedeciera al intento de evitar la aplicación de la Ley de Costas", a la vez que recuerda que el primer estudio, aprobado inicialmente en 1988 y anulado en 1989, "no generó ningún derecho de edificar, careciendo de efectos de cara a otorgar eficacia a la licencia".
Para el TS, la licencia otorgada por el Consistorio "desplegó sus efectos" ocho años después de la entrada en vigor de la Ley de Costas, en concreto a partir de 1996, cuando el pleno dio definitivamente luz verde a dicho estudio de detalle. A partir de ahí, la mercantil Edificaciones Calpe adquirió la propiedad, tumbó la estructura del antiguo edificio y obtuvo en 2005 la autorización de la Dirección General de Costas para edificar un proyecto distinto al que había autorizado el Ayuntamiento en 1988. Y ahora, cuando el complejo lleva más de un año completamente acabado, es cuando el Supremo ha fallado la anulación de aquel permiso y, por tanto, concluye que las dos torres no pueden considerarse dentro del ordenamiento urbanístico.

¿Y ahora qué?
La sentencia dictada el pasado 23 de julio por el Supremo decreta la invalidez de la licencia con la que se sustentó la construcción de este proyecto urbanístico, pero no entra a valorar cuáles son los pasos que deberán darse ahora. Fuentes judiciales indicaron ayer a este diario que el futuro del complejo Gemelos 28 está ahora condicionado a lo que se dicte con la ejecución de la sentencia y que se abre todo un abanico de posibilidades. Entre ellas, que el fallo se declarara inejecutable, dado que las torres están completamente construidas y habitadas; pero también se podrían dar otras situaciones, como que el Estado decidiera seguir adelante con el proceso de expropiación que inició en 2009, algo que haría que el promotor y a los actuales propietarios de las viviendas se vieran obligados a negociar con el Estado una salida favorable a todas las partes.

Causas pendientes
Y todo ello, sin obviar que aún hay varias causas judiciales abiertas y que están por dirimir. Entre ellas, las denuncias de un particular sobre las irregularidades en la concesión de las cédulas de habitabilidad por parte del actual alcalde, Agustín Navarro, en 2011 o el presunto exceso de edificabilidad en las torres.

Sentencia Tribunal Supremo 2012

Sentencia Tribunal Superior de Justicia de Valencia 2006

¿Esta es la seguridad jurídica de la que habla el Gobierno Español con la Ley de Costas?
Jueces que se contradicen (según ellos, "incurren en error") después de 24 años de procesos judiciales... y lo que queda.
Políticos que dan y quitan permisos y licencias.
Informes ministeriales que no se sabe si son preceptivos o vinculantes.
Demasiadas Administraciones con competencias en cada m2 de terreno, pero nadie que sea responsable jurídica y penalmente.

¿Quienes acaban pagando tantos "errores"? Los compradores de buena fe a los que nadie protege, ni las leyes, ni las autoridades, ni el Registro de la Propiedad...dejándolos en la más completa indefensión.

martes, 7 de agosto de 2012

La Diputación presentará al Gobierno un documento conjunto con las alegaciones de los afectados por la nueva Ley de Costas

El área de Medio Ambiente de la Diputación de Castellón, coordinada por el diputado Mario García, ha reunido esta mañana a los alcaldes y concejales de los municipios costeros de la provincia, así como a diversas plataformas y asociaciones vecinales, para analizar el borrador de anteproyecto de Ley de Protección y Uso Sostenible del Litoral y de modificación de la Ley 22/1988 de Costas.

Así, los más de 30 asistentes han trasladado su visión del borrador, publicado hace 20 días, tanto a la institución provincial como a los técnicos de conselleria que han participado con el fin de redactar un documento conjunto que recoja las alegaciones de los afectados y particularidades de todas las localidades del litoral castellonense. Las aportaciones serán recabadas por la Diputación hasta el 20 de agosto para, todo seguido, presentarlas tanto al Ministerio como a la conselleria de Medio Ambiente y a la Federación Española de Municipios y Provincias.

"Aunque la institución provincial no tenga competencias en materia de costas hemos decidido ponernos a trabajar de la mano de los municipios, quienes también tienen que presentar sus alegaciones particulares, para defender junto a la Generalitat Valenciana los intereses de la provincia frente al Gobierno Central y luchar para que nuestras demandas sean incluidas en la nueva Ley de Costas", ha explicado García. 
 
Los temas y dudas más comentadas en la reunión han sido la determinación de los deslindes; la posibilidad de que se queden los vecinos en propiedad de las casas y no en concesión por 75 años; los criterios por los que se han delimitado los núcleos del Anexo 1 que se excluyen del dominio público marítimo - terrestre y pasan a ser patrimonio del Estado; así como otros artículos de la Ley que afectan a las propiedades. 
 
Cabe recordar que la Diputación de Castellón creó hace dos años la Plataforma para la Defensa de las Viviendas y Propiedades del Litoral Castellonense con el objetivo de defender, desde una visión supramunicipal, a aquellas personas, poblados marítimos y municipios cuyas viviendas y propiedades públicas y privadas se ven afectadas por la aplicación retroactiva de la Ley de Costas de 1988.

Las localidades afectadas, cuyos representantes se han dado cita hoy, son Alcalá de Xivert, Almenara, Almassora, Benicarló, Burriana, Cabanes, Castellón, La Llosa, Moncofa, Nules, Oropesa del Mar, Peñíscola, Torreblanca, Vinaròs y Xilxes. 
http://www.laplanaaldia.com/castello/noticias/70243/la-diputacion-presentara-al-gobierno-un-documento-conjunto-con-las-alegaciones-de-los-afectados-por-la-nueva-ley-de-costas 

lunes, 6 de agosto de 2012

¿A quién quiere engañar?

El secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas, estima en más de 20.000 las afecciones directas por la reforma de la Ley de Costas, que espera que esté definitivamente aprobada a finales de este año, tras enviarla al Congreso para su tramitación en el mes de septiembre.

   "Son muchísimos los afectados, no sólo propietarios, también concesionarios, además de muy distinta índole. Estamos hablando de concesiones, por ejemplo de actividades como pueden ser los chiringuitos en la playa, otro tipo de actividades hoteleras y turísticas. También hablamos de viviendas", ha explicado en una entrevista a Europa Press, al tiempo que ha asegurado que las indirectas serán "muchas más".

   En este sentido, ha criticado que la vigente Ley de Costas, de 1988, generó una "importante inseguridad jurídica" tanto para ciudadanos españoles como para europeos. "Se ha comunicado al Parlamento Europeo la redacción de este anteproyecto y nos han felicitado por la iniciativa de aportar seguridad jurídica a todos los ciudadanos que se habían visto muy perjudicados por la aplicación de esta ley", ha recalcado. 

   A su juicio, la protección del litoral "no es incompatible con proteger a las personas, a su patrimonio, a sus viviendas, a sus negocios y puestos de trabajo, que también los hay y son muy importantes". 
 
   Por otro lado, el secretario de Estado ha defendido la transmisión de las concesiones en dominio público marítimo-terrestre. "Estamos hablando de concesiones relativas a chiringuitos u otro tipo de instalaciones de servicio para el turismo y entendemos que es perfectamente compatible la conservación del litoral", ha sentenciado para recordar que la transmisibilidad exige que el nuevo concesionario cumpla los mismos requisitos que el anterior y que se someta a los mismos plazos y condiciones vigentes.

   Respecto a la demolición del hotel del Algarrobico (Almería), ha señalado que todo indica que va a tener una solución a lo largo de esta legislatura. Precisamente, Ramos de Armas también se ha referido  a la llamada 'cláusula anti-albarrobico', que recoge la reforma de la Ley de Costas y que, según ha explicado, trata de prevenir que se construya, "antes de encontrar situaciones como la del Algarrobico u otras similares que obligan a la demolición, con perjuicio para todos, para el promotor del proyecto, para las administraciones y para el medio ambiente". 

   "Vamos a poner un cortafuegos antes. Vamos a poner una solución antes y nos vamos a dotar de un instrumento que antes no teníamos que es la posibilidad de suspender estas licencias en el momento que afecten o vulneren la Ley de costas", ha concluido.
http://www.europapress.es/epsocial/politica-social/noticia-medio-ambiente-estima-mas-20000-afecciones-directas-reforma-ley-costas-20120805112308.html
El Secretario de Estado está tratando de manipular a la opinión publica porque la reforma que pretenden hacer, además de infumable, es inconstitucional e imposible de llevar a la práctica, y ellos lo saben.
¿Por qué no separan claramente a los propietarios de los concesionarios (inquilinos del Estado)?  Porque interesa hacer creer que acaban de solucionar la inseguridad jurídica, la arbitrariedad, el abuso de poder...todo cuanto ellos mismos han denunciado en el Congreso y en el Parlamento Europeo (no confundir con la Comisión Europea como hace él).
Lo que ha hecho el PP es todo lo contrario a lo que dijo que haría, pero no debemos extrañarnos porque es su hoja de ruta.
Es sencillo desmontarle sus declaraciones. 
Aumentará la inseguridad jurídica a limites insospechados. 
Seis. Se introduce un artículo 13 bis que queda redactado del siguiente modo:
1. Los deslindes se revisarán cuando se altere la configuración del dominio público marítimo-terrestre. La incoación del expediente de deslinde tendrá los efectos previstos en el artículo 12.
2. Los titulares de los terrenos que tras la revisión del deslinde se incorporen al dominio público marítimo-terrestre pasarán a ser titulares de un derecho de ocupación y aprovechamiento, a cuyo efecto la Administración otorgará de oficio la concesión, salvo renuncia expresa del interesado.
La concesión se otorgará por setenta y cinco años, respetando los usos y aprovechamientos existentes, sin obligación de abonar canon.
La Administración no otorgará la concesión a la que se refiere el apartado anterior, cuando la ocupación afecte a la integridad del dominio público marítimo-terrestre.
¿Significa esto más seguridad jurídica? Todo lo contrario, si se lee con cuidado.
Dice primeramente que si se altera el dominio público se hará un nuevo deslinde. 
¿Se alterará por qué o por quién? Con sólo poner un simple espigón, en un par de años, se habrá alterado el dominio público. 
Quiénes compren una propiedad creyendo en las palabras de este Gobierno y estando perfectamente legal, se encontrarán con un nuevo deslinde y con su propiedad confiscada. 
¿Esta es la seguridad jurídica que han logrado colar a la Comisión Europea y que están vendiendo en todos los medios de comunicación?
Ahora viene lo mejor. En cuanto hagan un nuevo deslinde, el Gobierno, sin ni siquiera darle tiempo a pensar, y mucho menos buscar un abogado, habrá convertido su propiedad en una concesión. Así, sin esperar a ver que dice un juez.  
¿Qué ocurrirá si gana el recurso, después de 20 años de litigios? Pues que a lo mejor ya han hecho la recuperación posesoria y hasta le han derribado la propiedad. Es lo que se llama un hecho consumado y vaya usted a quejarse a nadie.
+ inseguridad jurídica.
Para rematarlo, dicen que darán una concesión de 75 años. O sea, que de ser legítimo propietario, le convierten de la noche a la mañana, por haber puesto un mal espigón, en inquilino en precario de su propia casa. 
Y como broche de oro de esta serie de despropósitos, dicen, que a pesar de todo lo anterior, "La Administración no otorgará la concesión...cuando la ocupación (pasamos a ser okupas) afecte a la integridad del dominio público maritimo terrestre". ¿Quién lo decide? ¿Bajo que parámetros? ¿A dedo o hay que jugárselo al bingo? Esto es lo que se llama ARBITRARIEDAD, prohibida por el Art 9.3 de la CE.

Viendo el final, sobra lo anterior. 
Todo, absolutamente todo es una trampa mortal para incautos, con la inestimable ayuda de la Sra Reding, cuyo fin es vender las 600.000 viviendas que pesan como una losa en todos los balances económicos.

Con esta modificación de ley, el Gobierno sólo tiene que esperar a que la gente se confíe, compren y cuando crean que están a salvo, ¡¡huy, se ha alterado el dominio público!! Nuevo deslinde y vuelta a empezar.
El resto del Borrador de la modificación de la Ley de Costas, es igual o peor. 

¿A quién pretenden engañar? Para ser trilero se necesita ser más hábil.