El “avance del mar” como coartada para desviar la atención del verdadero origen de la regresión de nuestras playas
Estos espacios
no son estáticos. Funcionan como sistemas vivos que dependen de un proceso bien
conocido: los ríos transportan arenas y gravas desde el interior, las
corrientes marinas las redistribuyen a lo largo de la costa y los temporales
las desplazan. Cuando ese sistema funciona, el litoral tiene capacidad de
adaptación incluso frente a episodios extremos o a la subida progresiva del
nivel del mar. Pero cuando se rompe —principalmente por la construcción de
presas en los ríos y espigones en los puertos—, como está ocurriendo en gran
parte de nuestro litoral, la costa se queda sin su “materia prima” y pierde
terreno.
En ese
contexto, nuestra costa retrocede de forma sustancial por causas humanas
de ámbito local, al haber perdido el equilibrio natural que durante siglos la
sostuvo. A menudo se atribuye esta regresión al aumento del nivel del mar
asociado al cambio climático, pero su incidencia sigue siendo secundaria frente
al déficit de sedimentos, como han señalado tanto el proyecto europeo EUROSION,
elaborado para la Comisión Europea, como la propia ONU, que identifican la
interrupción del transporte sedimentario como la causa central de la erosión
costera, en un contexto hoy agravado por el cambio climático.
Sin embargo,
este matiz suele desaparecer del discurso público en nuestro país. Y no se
trata de una discusión semántica: hablar de “avance del mar” presenta el
problema como algo inevitable, mientras que hablar de “retroceso de la
costa” obliga a mirar decisiones internas y responsabilidades
políticas que, por falta de voluntad política, han permanecido demasiado
tiempo en segundo plano. Así lo vienen alertando desde hace años más de 50
asociaciones cívicas que integran el grupo de interés de la Generalitat
Valenciana SOMOSMEDITERRANIA, que advierten del daño generacional que se está
produciendo.
Conviene
recordar un hecho esencial: las viviendas tradicionales y los paseos marítimos
de municipios de la costa valenciana como Cabanes, Nules, Xilxes, Dénia o
Guardamar del Segura, al igual que en otros puntos del litoral español, no se
construyeron dentro del mar y se levantaron conforme a la legalidad vigente en
cada momento. Sin embargo, hoy la Administración del Estado ignora las
causas reales de la erosión para sostener que esos suelos debieron considerarse
dominio público marítimo-terrestre y aplica por ello la Ley de Costas con
carácter retroactivo sobre realidades urbanas consolidadas, dando lugar a
órdenes de demolición o a la pérdida efectiva de los derechos de propiedad, sin
una compensación justa y proporcionada, en los términos exigidos por el
artículo 1 del Protocolo nº 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Aquí aparece un
punto clave: la diferencia entre cómo la jurisprudencia española ha venido
interpretando estas situaciones y cómo lo hace la jurisprudencia europea en
materia de derechos humanos. Aunque en España no se califiquen formalmente
estos supuestos como “confiscación”, el enfoque europeo se fija en algo
esencial: la propiedad no es solo un título legal, sino el derecho real a
usarla, disfrutarla y conservar su valor.
Por ello, el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reiterado que, cuando una actuación
pública priva de forma sustancial a una persona de ese contenido esencial sin
una compensación justa y proporcionada, se vulnera el derecho de propiedad, con
independencia del nombre jurídico que se utilice.
Dicho de forma
clara, así se aplica hoy en España: cuando, mediante un deslinde, una propiedad
privada pasa al dominio público marítimo-terrestre, el propietario pierde su
título y, como “compensación”, recibe una concesión administrativa temporal
para seguir usando lo que ya era suyo, ahora de forma limitada y
revocable. El resultado es claro: pierde la vivienda y, además, debe
asumir los costes de su demolición. No existe, por tanto, una indemnización
económica real ni un derecho equivalente que sustituya al perdido.
A esta
situación se suma una paradoja difícil de justificar. En marzo de 2024, el
Senado aprobó por mayoría la toma en consideración de una reforma de la Ley de
Costas para proteger los núcleos urbanos tradicionales del litoral con valor
etnológico. Sin embargo, casi dos años después la iniciativa permanece
bloqueada en el Congreso de los Diputados, pese a que la propia Cámara Baja aprobó
su toma en consideración el 10 de junio de 2025, con 189 votos a favor y 155 en
contra, para iniciar el debate de la reforma, mientras miles de viviendas
continúan atrapadas en un limbo jurídico.
Para comprender
la magnitud del problema, basta un ejercicio de empatía. Imaginemos que se
aprueba una nueva ley urbanística y se aplica con carácter retroactivo en
barrios consolidados de ciudades del interior y que, para adaptarlos a las
normas actuales, se retira a los propietarios su título de propiedad para ensanchar
calles o crear zonas verdes, ofreciéndoles como única “compensación” un permiso
temporal para seguir viviendo en su casa hasta su derribo, asumiendo además los
costes del mismo y sin indemnización.
La pregunta es
inevitable: ¿lo aceptaríamos?
Proteger la
costa y los asentamientos humanos es una obligación colectiva y, en
contadas ocasiones, cuando no existe alternativa de protección o concurren
razones claras de interés general, una vivienda puede llegar a
demolerse. Pero un hogar no debería destruirse sin una compensación justa
y proporcional. Cuando se sacrifican hogares en nombre del bien común sin
reparar adecuadamente a quienes los pierden, lo que se resiente no es solo la
costa, sino la calidad democrática de nuestras decisiones públicas.
https://www.levante-emv.com/opinion/2026/01/30/dilema-mar-avanza-o-costa-126187721.html