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El presidente de la asociación, Pedro José Martínez (2i), junto a Antonio Aliada, Laura (i) y Lola Martínez, frente a uno de los mojones. / J.M. RODRIGUEZ/ADM
La medida afecta a más de 200
construcciones de ambas playas, la inmensa mayoría con escrituras y registro:
«Nos las quieren quitar gratuitamente; no lo vamos a consentir»
Contempla el mar con atención,
pensativa, y por su cabeza pasan recuerdos de su infancia: los baños con sus
familiares y amigos, las noches de verano en la playa, los aperitivos en la
misma arena... Porque Lola Martínez adora La Reya, más conocida como la playa
de Bahía, en Puerto de Mazarrón. Sin embargo, todos esos buenos
pensamientos se parten en pedazos por momentos: «La Demarcación de Costas
quiere ampliar el deslinde para incluir nuestras casas en la zona de dominio
público», declara Martínez. «Ninguno de los vecinos que tenemos vivienda aquí
sabemos el motivo, pero no van a conseguir quitarnos nuestras propiedades. La
casa de mis padres es una herencia de mis abuelos y tiene un gran valor».
Vecinos
de Bahía y Nares, en Mazarrón, se han unido para constituir una
asociación y luchar contra el nuevo deslinde que pretende realizar Costas. En
total, son más de 200 casas de ambas zonas de playa las que se verían afectadas
por esta medida. La inmesa mayoría de las viviendas están escrituradas. Tan
solo unas quince son concesiones de la Demarcación de Costas.
El origen del problema al que se enfrentan este más de un millar de
vecinos tiene su
origen en los años 60. Según ha podido saber 'La Verdad', hubo entonces una orden
ministerial con fecha de 27 de julio de 1960 que contemplaba dos medidas. La
primera de ellas era aprobar la zona marítimo terrestre, que se estableció a
pie de playa con los actuales mojones que pueden hoy verse en la arena. La
segunda medida, según explicaba el documento, era marcar una zona de dominio
público, que quedó pendiente de aprobación porque «el Ayuntamiento se opuso,
afirmando que los terrenos estaban inventariados», relatan los vecinos. Este
dominio público se marcaba en la avenida José Alarcón, que es el que ahora
Costas, según los propios residentes, quiere recuperar y que incluiría las
viviendas de primera y segunda línea de playa.
Un robo «consentido
por ley»
El
presidente de la Asociación de Propietarios La Reya-Nares, Pedro José Martínez
Serrano, asegura que «hay casas que en este momento tienen una orden de derribo
porque las concesiones se dieron de manera ilegal en su momento. La Demarcación
dio esas concesiones de casas que no estaban dentro de la zona marítimo
terrestre. Estaban fuera».
Hasta ahora, en Bahía se han derribado cinco casas por orden
de Costas. «Dos se hicieron de forma legal, pero los otros tres
derribos no deberían de haberse producido al estar las viviendas fuera de los
mojones», lamenta el presidente de la asociación. Añade que «hemos tenido
constancia de que ahora quieren volver a iniciar el deslinde. Y no tiene
sentido, porque no ha cambiado la playa, ni su entorno ni nada por el estilo.
Todo el deslinde del litoral de la Región pasa por la misma zona en las playas:
la arena».
Antonio Aliada es otro de los propietarios afectados en Bahía. «Llevo 62 años en esta casa. Costas dice que tengo una cesión, pero no es así. Yo soy propietario porque lo dijo un juez cuando llevé el caso a los tribunales», relata.
En el caso de que se llevara a cabo el nuevo deslinde de dominio público, Aliada pasaría a tener una concesión, al igual que los demás vecinos, de un máximo de 75 años. «Me parece que es un robo consentido por la ley. Es una recuperación de terreno público a coste cero. Si finalmente se aprueba dicho deslinde, iré hasta donde tenga que llegar para que no me quiten nada que es mío. Esta casa la compró mi padre y pasará a ser de mi hija en un futuro», asevera este murciano.
Acciones legales
La
plataforma de vecinos anuncia que emprenderá acciones legales contra Costas.
«Haremos lo que sea necesario. Estamos dispuestos a encerrarnos en la
Demarcación hasta que se solucione este problema», afirma el presidente de la
asociación. «Es que no tiene sentido nada de lo que quieren hacer. Y me cabrea
mucho. Esta zona ha sido mi infancia y la de mucha gente durante los veranos.
Nos conocemos la playa como si fuera nuestra, y de verdad que no alcanzamos a
entender el motivo por el que quieren hacernos esto».
Los vecinos lamentan que «a todo el mundo le da miedo la Demarcación de Costas, pero nosotros no le tememos. Tenemos el apoyo del Ayuntamiento y de la Comunidad. Además, estas dos instituciones tienen que ser oídas en el caso de que se realice un futuro deslinde, y nos han dicho que nos van a apoyar hasta el final».
Al igual que él, Fernando Caride, otro de los vecinos de Bahía, cree que «el deslinde se tiene que quedar por donde está. No hay razones sociales, económicas ni medioambientales que justifiquen el robo de la propiedad privada de los vecinos de Bahía».
Explica que «somos ciudadanos de Mazarrón que tenemos una propiedad privada, y se nos va a quitar por el morro». «Me molestan mucho las actuaciones que ha desarrollado determinado personal de Costas, porque roza la prevaricación». Según él, «no pueden obligar a la gente a cambiar sus propiedades por concesiones, sobre todo, cuando el terreno no está en dominio público. Y lo peor de todo es que, después de haber presentado documentación y justificado que lo que quieren hacer es ilegal, ellos siguen adelante».
Alicia Jiménez: «Vamos a ayudar a los propietarios en todo momento»
La alcaldesa de Mazarrón, Alicia Jiménez, explicó a 'La Verdad' que «desde el Ayuntamiento estamos apoyando a los vecinos de Bahía y Nares; somos conscientes de la grave situación que atraviesan y del problema que tienen encima». Jiménez señala que «desconocemos el motivo de la ampliación del deslinde hasta la avenida José Alarcón. Hay mucha gente que puede demostrar que sus casas son de propiedad». La regidora apunta que «Costas quiere hacer un nuevo deslinde pasando por calles y casas. Nosotros estamos ayudando a la asociación a recabar la información porque entendemos que los vecinos de Bahía y de Nares tienen toda la razón del mundo».
Costas no se pronuncia. Seguir leyendo |
Presidente CARMEN DEL AMO, tf 626 823 246. e-mail: perjudicadoporcostas@yahoo.es // Vicepresidente 1º JON ITURRIBARRIA // Vicepresidente 2º GUILLERMO CASANOVA
LA VERDAD SOBRE LA LEY DE COSTAS (incluida en el informe auken)
"A NUESTRA COSTA" de Yeray Gonzalez. Un documental politicamente incorrecto
A Nuestra Costa (2012) from Antidoto Sonoro on Vimeo.
lunes, 3 de diciembre de 2018
Los vecinos de Bahía y Nares se unen para salvar sus casas del nuevo deslinde de Costas
domingo, 25 de noviembre de 2018
El Gobierno reconoce no encontrar los papeles con los que justifica decenas de expropiaciones en la costa (JOAQUÍN HERNÁNDEZ)
Se trata de una orden ministerial de 1957, "conforme" a la cual se desarrolló el deslinde por el que fueron desmantelados un centenar de invernaderos en las costas de Albuñol en 2017
"No ha podido ser
localizada la O.M. de 9 de octubre de 1957", ha afirmado el ministerio
de Transición
Ecológica, del que depende la
Dirección de Costas, en un e-mail de respuesta a la presidenta de la Asociación Europea de perjudicados por
la Ley de Costas, Carmen Del Amo, al que ha podido acceder Vozpópuli.
Esa orden ministerial que el Gobierno no ha podido localizar es la que basó un deslinde en la costa de Albuñol, Granada, por el que hace un año fueron desmantelados un centenar de invernaderos de los que vivían unas 200 familias en la localidad granadina de Albuñol. La medida fue aplaudida por los colectivos ecologistas pero repudiada por los agricultores y la propia Del Amo, que enfatiza que el desmantelamiento se hizo con cargo a los propios agricultores. "Fue una confiscación ilegal en toda regla", denuncia Del Amo.
El expediente de dicho deslinde fue tramitado "conforme a lo dispuesto en la O.M. de 9 de octubre de 1957 y Ley 28/1969 de 26 de abril", según consta en una nota del entonces Ministerio de Obras Públicas en el año 1977. El mismo deslinde sería ratificado en el año 2000.
La respuesta referida es la primera vez que el Gobierno se pronuncia ante Del Amo sobre el contenido y disponibilidad íntegra de las órdenes ministeriales cuya existencia la propia denunciante pone en cuestión, remarcando que deberían ser públicas como lo exige la Ley.
Otras nueve órdenes ministeriales, en suspenso
Tal y como ha informado ya este periódico, Del Amo ha
solicitado las órdenes ministeriales de otros nueve deslindes, sin haberle sido
entregada hasta ahora ninguna de las que los sustentaron. "Se está
preparando la remisión de los textos de las órdenes ministeriales aprobatorias de los
deslindes por los que se interesa (Del Amo)", contestaron desde el
ministerio de Transición Ecológica el 26 de octubre.
Según Del Amo, hasta un millón de personas podrían llegar a verse afectadas por lo que considera un "agujero jurídico" en toda regla ya que, según ella, las referidas órdenes ministeriales "no existen, si no, las hubieran mostrado ya", en lo que forma parte de una estafa "hasta ahora desconocida porque nadie la había investigado en profundidad".
A propósito de la orden que el Gobierno ya ha dicho no poder localizar, Vozpópuli ha intentado ponerse nuevamente en contacto con el ministerio de Transición Ecológica, que había respondido hasta ahora a este medio, pero no ha sido posible.
lunes, 5 de noviembre de 2018
'Agujero' jurídico en las costas: "El Gobierno nos quitó nuestras propiedades por unos documentos que no aparecen" (JOAQUÍN HERNÁNDEZ)
La presidenta de la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas reclama las órdenes ministeriales en que se han sustentado los deslindes y denuncia un 'agujero jurídico' en la regulación de los deslindes marítimo-terrestres en perjuicio de la propiedad privada.
Según Del Amo, cerca de un millón de propiedades podrían estar viéndose afectadas por el 'agujero'
"No entiendo cómo el Gobierno puede quitarte la
propiedad y no darte la orden ministerial que justifique el deslinde, es un
agujero jurídico en toda regla", cuenta a Vozpópuli Carmen del Amo, presidenta
de la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas.
Ella, como afectada y portavoz, lleva años pidiendo las órdenes
ministeriales en las que se han sustentado al menos diez deslindes que
ella conoce de primera mano, como así también la 'originaria' orden
ministerial de 1957 que contenía las normas para la tramitación de los
deslindes. Sin embargo, algo que debería ser público, denuncia ella, "no
aparece".
"En un primer momento pedí las órdenes a Transparencia,
y desde allí, me redirigieron al ministerio de Medio Ambiente primero
y ahora de Transición Ecológica; llevo ya años años con esto y sigo
sin respuestas, siempre me dan largas", esgrime Del Amo, mostrando a este
periódico documentos sobre el ir y venir de las solicitudes.
La última que hizo al actual ministerio de Transición
Ecológica data del pasado mes de agosto. Este medio se ha puesto en contacto
con el ministerio, que ha respondido que "se está preparando la remisión
de los textos de las órdenes ministeriales aprobatorias de los deslindes por
los que se interesa".
"Es insólito que te digan eso, es algo que debería estar
publicado ya en el Boletín Oficial del Estado", lamenta Del
Amo. "La remisión de los textos de las O.M. no se me tienen que
mandar a mí, sino publicarlas el el BOE porque es una disposición destinada a
una pluralidad indeterminada de destinatarios, o sea, todos, y además es
obligatorio conforme al actual Reglamento de Costas", que dice en su
artículo 29 que "la orden ministerial se publicará en el Boletín Oficial
del Estado, así como en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente" mientras que la ley 30/1992 dice que
"para que produzcan efectos jurídicos las disposiciones
administrativas habrán de publicarse en el Diario oficial que
corresponda".
"No me vale con meras notificaciones, Lo que se notifica
debe existir y yo no he visto ni una sola Orden Ministerial en estos 30
años", dice Del Amo. "No se entiende que el único documento por el
que el Estado se queda con nuestra propiedad, como es la Orden Ministerial
aprobatoria del deslinde, no aparezca por ningún lado, sin embargo todos,
tribunales, registros, catastros y funcionarios... dicen haberla visto aunque
ninguno nos la entrega", concluye.
La versión del ministerio
Según el ministerio de Teresa Ribera, "estas
notificaciones son el instrumento para que todo interesado conozca el contenido
de la parte dispositiva de las correspondientes órdenes ministeriales
aprobatorias de los deslindes. Esta parte dispositiva se corresponde con los
aspectos más relevantes del deslinde, sin incluir los planos, tal y como
permite el Reglamento General de Costas. A estos efectos, los planos de los
deslindes, si bien no se publican en el BOE, están accesibles para los
interesados en las oficinas de las Demarcaciones y Servicios de Costas
correspondientes. No obstante, para atender de manera literal a lo solicitado
por Dª Carmen del Amo, desde esta Dirección General se está preparando la
remisión de los textos de las órdenes ministeriales
aprobatorias de los deslindes por los que se interesa".
En su alegato, asimismo, el ministerio defiende que "debe
indicarse que el deslinde es un procedimiento que se realiza con un rigor
técnico y jurídico. Técnico, porque requiere de la elaboración de numerosos
estudios de tipo cartográfico, geomorfológico, de salinidades, de alcance del
oleaje etc. Jurídico, porque el procedimiento de deslinde es un procedimiento
garantista, en que los interesados disponen de hasta tres ocasiones para alegar
y presentar las pruebas que estimen oportunos para la defensa de sus intereses.
Dicho rigor técnico y jurídico viene avalado, en última instancia, por los
tribunales de justicia. De los 10.300 km de bienes de dominio público marítimo
terrestre con los que cuenta nuestro litoral, se han deslindado casi 10.000,
habiendo obtenido casi un 90 % de sentencias favorables a la Administración en
los recursos contenciosos planteados ante los tribunales".
Del Amo pone todo ello en cuestión citando un informe
del Consejo de Estado del año 2014 en el que se afirma que
"cabe destacar que el artículo 24 del Reglamento de 1989 previó que
se aprobarían instrucciones técnicas, que en buena medida habrían
servido para establecer o aquilatar criterios para que la aplicación de los
conceptos legales y reglamentarios indeterminados en que se basa la
delimitación del dominio público fueran similares en todo el litoral
español; pero no consta que, tras veintiséis años, y con múltiples
deslindes aprobados, se hayan llegado a aprobar".
Según Del Amo, en suma, "que los jueces dieran en su
momento la razón a Costas no significa que no se estén cometiendo graves
injusticias, sino que nosotros no hemos podido defendernos porque nadie se
preocupó de investigar en profundidad como hemos hecho en la asociación. Las
estadísticas que dicen haber ganado el 90% de los recursos, no es cierta,
ganaban el 96% en 2009, bajando hasta el 77% en 2012, fecha en la que deja de
haber estadísticas porque el gobierno anunció su modificación por la grave inseguridad
jurídica que existía", esgrime, en alusión al cambio de la ley de 1988
anunciado por el ministro de Medio Ambiente del PP, Arias Cañete, a
fin de conseguir la "aplicación homogénea" de la Ley y "corregir
las arbitrariedades que la errática aplicación de la ley vigente" había
supuesto hasta ese momento.
domingo, 7 de octubre de 2018
AMPLIACIÓN DEL PASEO MARÍTIMO DE MOJACAR: Nueva pifia de Costas y del Ayuntamiento
Asumen que se verán obligados a rehacer desde cero todo el procedimiento
Nuevo varapalo para el proyecto de ampliación del paseo marítimo de Mojácar. Una resolución del Ministerio para la Transición Ecológica fechado a 21 de septiembre de 2018 anula el procedimiento administrativo por un tema de caducidad de plazos, hasta el punto de que el texto indica que ello «hace innecesario entrar a conocer del resto de las alegaciones contenidas en el escrito de recurso».
Esta resolución se produce tras el recurso de reposición interpuesto por los recurrentes contra la decisión tomada 13 de marzo de 2018 por la Directora General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar en uso de facultades delegadas de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente, mediante la que se aprobaba el proyecto “Desglosado 2 del proyecto del Paseo Marítimo de Mojácar-2* Fase. Término municipal de Mojácar (Almería)”.
Recordar que el proyecto fue sometido a información pública mediante anuncio y que, finalmente, se interpuso recurso de reposición el 30 de abril de 2018. La parte recurrente, con la que ha contactado este medio, alegaba básicamente «caducidad del procedimiento por el transcurso del plazo de tres meses, incongruencia y falta de motivación en la resolución que se impugna, dado que el informe ambiental ha sido redactado sobre la base de una normativa derogada, y la eficiencia energética carece de la justificación exigida por el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y no se da respuesta a las alegaciones relativas a desviación de poder, trato discriminatorio y al trazado alternativo, hechas en el periodo de información pública».
En síntesis, en el intervalo de tiempo en el que se modificó el proyecto de ampliación del paseo se cambió también la normativa vigente, de manera que lo que antes era un plazo de seis meses, ahora es de solo tres.
La resolución del Gobierno prosigue: «Ninguna de estas alegaciones puede ser acogida, pues la Administración está obligada a dictar una resolución expresa en todos los procedimientos, el incumplimiento de esta obligación en los procedimientos iniciados de oficio, como es el supuesto que nos ocupa, tiene como consecuencia la caducidad del mismo cuando se trate de procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, y si bien los proyectos de obras pueden perseguir un interés general, no puede descartarse que son capaces de producir efectos desfavorables para algunos de los afectados».
En ese sentido, apunta que «en el supuesto que nos ocupa, el procedimiento tiene por finalidad un obra pública consistente en la construcción de un paseo marítimo y al mismo tiempo, como el propio proyecto indica, trata de recuperar la accesibilidad rodada y peatonal existente sobre zonas previamente deslindadas de uso público permitiendo la continuidad del paseo marítimo en esa zona, dado que algunos de los locales y terrazas actualmente existentes, y este es el caso de los recurrentes, ocupan parte de la servidumbre de tránsito y de protección del dominio público por lo que se ven directamente afectados por esta obro pública. Es por ello que la obra proyectada tiene efectos desfavorables o de gravamen sobre los titulares de los locales que, como es el caso del recurrente, se verán afectados por el nuevo trazado del paseo marítimo con incidencia directa en las terrazas y los propios locales existentes en la actualidad que serán expropiados y se limitará el uso y aprovechamiento actualmente existente como consecuencia del proyecto impugnado».
«Por todo ello, y conforme el criterio de la Sala ya expuesto en la citada sentencia, procede declarar la caducidad del presente procedimiento», sentencia.
Esto, además de una pifia, es MALVERSACIÓN DE FONDOS PÚBLICOS
domingo, 9 de septiembre de 2018
martes, 28 de agosto de 2018
sábado, 18 de agosto de 2018
EL PORTIL PIDE LA DIMISIÓN DEL JEFE DE COSTAS, PERO DEBERÍA PEDIR LA CÁRCEL
Lo que está ocurriendo en el Portil es un flagrante delito medioambiental y contra el Patrimonio de las Administraciones Públicas CON DAÑOS A TERCEROS por no mantener el dominio público, tal y como obliga la propia Ley de Costas y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.
La Fiscalía debería actuar de oficio.
Sentencia del TS 850/2016 (REC 3023/2014) de 2 de marzo de 2016
En este sentido, la STC 149/1991 señala que "el legislador estatal no sólo está facultado, sino obligado, a proteger el demanio marítimo-terrestre a fin de asegurar tanto el mantenimiento de su integridad física y jurídica como su uso público y sus valores paisajísticos".
En esta línea hay que situar (1) el artículo 2 a), en cuanto establece que la actuación administrativa sobre el dominio público marítimo terrestre persigue, en lo que ahora interesa, "asegurar su integridad y adecuada conservación, adoptando, en su caso, las medidas de protección y restauración necesarias", y (2) el artículo 20, en cuanto precisa que "la protección del dominio público marítimo-terrestre comprende la defensa de su integridad y de los fines de uso general a que está destinado".
Por su parte los artículos 110 g ) y 111.1.a) de la misma Ley de Costas atribuyen a la Administración del Estado competencia para, en lo que ahora interesa, las obras y actuaciones de interés general, entendiéndose por tales "... las necesarias para la protección, defensa, conservación y uso del dominio público marítimo terrestre, cualquiera que sea la naturaleza de los bienes que lo integran".
No a otra conclusión se llega sí acudimos a la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, sobre Patrimonio de las Administraciones Públicas, en cuanto establece en su artículo 6 e) como uno de los principios a los que ha de ajustarse la gestión y administración de los bienes y derechos por las Administraciones Públicas, el ejercicio diligente de las prerrogativas que dicha Ley u otras especiales otorguen a las Administraciones, garantizando su conservación e integridad; deber genérico de conservación que se extiende a las demás actuaciones que requiera el correcto uso de los bienes y derechos del patrimonio del Estado por parte de los Departamentos Ministeriales que tengan afectados o cuya administración y gestión les corresponde.
ENLACE A LA SENTENCIA
Sentencia del TS 850/2016 (REC 3023/2014) de 2 de marzo de 2016
En este sentido, la STC 149/1991 señala que "el legislador estatal no sólo está facultado, sino obligado, a proteger el demanio marítimo-terrestre a fin de asegurar tanto el mantenimiento de su integridad física y jurídica como su uso público y sus valores paisajísticos".
En esta línea hay que situar (1) el artículo 2 a), en cuanto establece que la actuación administrativa sobre el dominio público marítimo terrestre persigue, en lo que ahora interesa, "asegurar su integridad y adecuada conservación, adoptando, en su caso, las medidas de protección y restauración necesarias", y (2) el artículo 20, en cuanto precisa que "la protección del dominio público marítimo-terrestre comprende la defensa de su integridad y de los fines de uso general a que está destinado".
Por su parte los artículos 110 g ) y 111.1.a) de la misma Ley de Costas atribuyen a la Administración del Estado competencia para, en lo que ahora interesa, las obras y actuaciones de interés general, entendiéndose por tales "... las necesarias para la protección, defensa, conservación y uso del dominio público marítimo terrestre, cualquiera que sea la naturaleza de los bienes que lo integran".
No a otra conclusión se llega sí acudimos a la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, sobre Patrimonio de las Administraciones Públicas, en cuanto establece en su artículo 6 e) como uno de los principios a los que ha de ajustarse la gestión y administración de los bienes y derechos por las Administraciones Públicas, el ejercicio diligente de las prerrogativas que dicha Ley u otras especiales otorguen a las Administraciones, garantizando su conservación e integridad; deber genérico de conservación que se extiende a las demás actuaciones que requiera el correcto uso de los bienes y derechos del patrimonio del Estado por parte de los Departamentos Ministeriales que tengan afectados o cuya administración y gestión les corresponde.
ENLACE A LA SENTENCIA
lunes, 13 de agosto de 2018
El Portil se echa a la calle de nuevo y pide la dimisión del jefe de Costas
Vecinos y propietarios de El Portil y Nuevo Portil se echaron de nuevo a la calle este sábado en demanda de soluciones a los problemas que padece esta zona del litoral.
Convocados por la Asociación de Vecinos Portileños, que aglutina a ambos núcleos costeros, pertenecientes a los municipios de Punta Umbría y Cartaya, los manifestantes pidieron en una pancarta la dimisión de Gabriel Cuena, jefe provincial de Costas en Huelva.
La manifestación, que se inició en el entorno médico, concluyó en la plaza de la Sal y contó además con la presencia de miembros de las corporaciones municipales de Punta Umbría y Cartaya, entre ellos el alcalde Juan Polo.
Con el lema de ‘Los portileños por su playa’, los participantes en dicha acción reivindicativa destacaron que el motivo de la protesta está fundamentado en la recuperación de la zona en lo relativo a aporte de arena, pasarelas o limpieza.
También han exigido mejoras en los servicios que se prestan en esas zonas de la costa onubense que, antaño, según recordaron, se trataba de una “maravillosa playa” por la que residentes y visitantes la eligieron para disfrutar de sus vacaciones de verano fundamentalmente.
El mal estado de las playas subleva a los vecinos de La Antilla y El Portil
miércoles, 28 de febrero de 2018
SUDAFRICA COPIA A ESPAÑA Y DECIDE CONFISCAR LAS TIERRAS "POR MANDATO CONSTITUCIONAL"
Sudáfrica expropiará las tierras de los blancos sin pagar
indemnización
El Parlamento sudafricano acuerda modificar la Constitución
para poder expropiar tierras sin abonar el debido justiprecio.
El Parlamento de Sudáfrica puso en marcha este martes los mecanismos para llevar a cabo una modificación de la Constitución que permita la expropiación de las tierras sin tener que pagar indemnización, informó el gobernante Congreso Nacional Africano (CNA).
En un comunicado, el CNA explica que el comité de Revisión Constitucional del Parlamento deberá ahora revisar la sección 25 de la Constitución y otras cláusulas necesarias para que se adapten al principio de expropiación de tierras sin compensación, tras lo que deberá informar a las cámaras antes del 30 de agosto
La moción fue planteada por el líder del grupo izquierdista Luchadores por la Libertad Económica (EFF), Julius Malema, y apoyada por 241 de los parlamentarios, mientras que 83 votaron en contra. El CNA se mostró favorable debido a que "la resolución de la Asamblea Nacional (Cámara baja) está en línea con la resolución del 54º Congreso del CNA (celebrado el pasado diciembre), que decidió que el CNA debe buscar la expropiación de la tierra sin compensación".
El documento matiza que esta medida debe llevarse a cabo "sin desestabilizar al sector agrícola, sin poner en peligro la seguridad alimentaria en el país y sin menoscabar el crecimiento económico y la creación de trabajo". En su discurso sobre el Estado de la Nación, el nuevo presidente del país, Cyril Ramaphosa, se comprometió a "continuar el programa de reforma agraria haciendo uso de todos los mecanismos a disposición del Estado". Estas medidas recuerdan mucho a la reforma que puso en marcha en su día el régimen comunista de Zimbabue y que terminó causando el colapso de su economía.
El jefe de Estado aseguró que esta reforma se llevaría a cabo de forma que se incremente la producción agrícola, se mejore la seguridad alimentaria y se asegure que la tierra "sea devuelta a aquellos a los que se les arrebató bajo la brutalidad del colonialismo y del apartheid". Según los principios básicos del CNA, recuerda el comunicado, "la tierra debe repartirse entre quienes la trabajan", por lo que "las restricciones a la propiedad de tierras basadas en la raza deben acabar".
El grupo parlamentario de la formación recalcó la "necesidad de dar pasos significativos que transformarán nuestra economía, incluyendo la propiedad de las tierras y la reforma agraria", y afirmó que esta resolución "pregona una nueva era de distribución intensificada de las tierras para resolver las largas quejas del pueblo africano sobre el arrebatamiento de las tierras".
Según la última ley sobre esta cuestión, aprobada en 2016, la indemnización por la expropiación se fija por un tasador designado por el Gobierno, y el propietario puede recurrir a los tribunales si no está de acuerdo con la cantidad de dinero ofrecida. Este texto sustituyó a la norma anterior, en la que el cambio de manos de los terrenos reclamados por el Estado o por quienes fueron desposeídos de los mismos solo podía producirse con acuerdo del propietario, que fijaba también el precio que pagaría el Gobierno.
El Gobierno sudafricano lo tiene muy facilito: después de modificar la Constitución sólo tiene que sacar una ley que diga "La presente Ley viene, además, a cumplir el mandato expreso en nuestra Constitución, que en su artículo 132.2 ha declarado que son bienes de dominio público estatal los que determine la Ley" y luego "A los efectos del artículo anterior, no se admitirán más derechos que los de uso y aprovechamiento adquiridos de acuerdo con la presente Ley, careciendo de todo valor obstativo frente al dominio público las detentaciones privadas, por prolongadas que sean en el tiempo y aunque aparezcan amparadas por asientos del Registro de la Propiedad." (Ley de Costas española 22/1988)
En Sudáfrica van a por las propiedades agrícolas de los blancos; en España a por las propiedades privadas de la costa. Cada Gobierno confisca lo que considera más valioso.
Lo terrible del caso de España es que Franco, un dictador, no se permitió el lujo de confiscar, dejando claramente establecido en la ley "La Ley respeta los derechos legalmente adquiridos" (Ley de Costas española 28/1969)
domingo, 14 de enero de 2018
lunes, 4 de diciembre de 2017
La pesadilla en imágenes. La crónica del desconsuelo (Jose Antonio Arcos)
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Las leyes se crearon para ser justas con el hombre, no al revés. Se ha perdido el norte. Dicen los antiguos que la primera vez que se dictó una ley fue en mitad de un largo desierto en el que una tribu que huía de un faraón entendió que debía organizarse según la ley natural, es decir, con leyes justas y a la medida del hombre. Después el mundo ha cambiado y lo que era un instrumento para servir a las personas se ha convertido en un fin en sí mismo. Esto que escribo lo hago en mi blog, una página agrícola que desde hace cuatro años rastrea el lado más humano de los agricultores, sirviendo de cobijo y de medio de expresión para los productores, en su mayoría personas buenas y humildes. Son muchas las historias que he narrado hasta ahora, pero creo que ninguna tan triste como la que se vive desde ayer en la costa de Granada, en el municipio de Albuñol, en cuya costa comprendida entre La Rábita y El Pozuelo se está realizando el desmantelamiento de fincas agrícolas con producción hortícolas, como tomate o berenjena.
Argumentos posiblemente tengan ambas partes, los que quieren tirar los invernaderos abajo y los que los defienden del derribo. Pero esto es un blog y no un juzgado que dictamina la letra pequeña de quien tiene más o menos razón. Aquí procuro poner la humanidad que olvidan los señores de toga.
Hoy jornada de lluvia, segundo día con los operarios enviados por la Dirección de Costas entre los dos invernaderos que tiraron ayer. Hoy están recogiendo los restos de una finca de tomate cherry, que en solo unos días iniciaba su recolección, y otra de berenjena. Mañana será el tercer día y nadie sabe si seguirán recogiendo entre estas fincas derruidas o iniciarán la demolición del resto. Lo cierto es que los agricultores se están moviendo para detener esta situación y que no continúen los invernaderos cayendo al suelo uno tras otro.
Anoche – día en el que la pesadilla del derribo tomó forma de realidad – se empezaron a registrar las primeras reacciones de los agricultores, en vía judicial, contra las actuaciones de Costas, los operarios y empresas que las están protagonizando. Según me explicaban esta tarde desde la Plataforma de Afectados, se han presentado denuncias en vía penal contra las personas responsables, por:
–Presunta vulneración de derechos fundamentales recogidos en la Constitución: Art 17 Derecho de Propiedad; Art 41 Derecho a una buena administración; art 47 Derecho a la tutela judicial efectiva (porque no han notificado la Orden judicial para poder alegar y defenderse a algunos de los agricultores afectados).
–Por presuntos delitos de prevaricación (resolución injusta a sabiendas) y falsedad documental (porque no existe la O.M. aprobatoria de deslinde para este tramo de costa).
Con tales denuncias, en trámite desde esta misma mañana, se ha solicitado que se paralicen las actuaciones de entrada, demolición, destrucción de cosechas y desmantelamiento de invernaderos, mientras no se resuelvan los recursos a los que tienen derecho los afectados.
Actualmente se están preparando recursos de apelación contra las órdenes judiciales de entrada en algunas fincas, dictadas por el Tribunal de Justicia de Andalucía, órgano que las dicta aclarando que no está entrando a conocer del fondo de la cuestión y que accede a lo pedido por Costas ya que le presenta unas resoluciones administrativas “formalmente válidas”. Dicho órgano judicial concede a los agricultores un plazo de 15 días para interponer un recurso de apelación contra la referida orden judicial de entrada y demolición, a un solo efecto (devolutivo o sea para ser revisado por un órgano superior, pero no suspensivo), y la administración de Costas no ha esperado a que los afectados aleguen lo que a su derecho conviene o puedan defenderse.
Una tercera vía de impugnación contra todo lo actuado por Costas está en preparación. Una demanda judicial excepcional, en petición de Anulación de Sentencias en base al artículo 510 de la Ley de Enjuiciamiento civil.
De hecho, me explicaba Antonio, presidente de la plataforma, que ayer se produjo una situación kafkiana. El joven matrimonio del invernadero de cherry que fue derruido recibía a mediodía la carta en la que se le indicaba que disponían de quince días para recurrir la sentencia que autorizaba a Costas a desmantelar los invernaderos de esta zona. De ahí que lo que los agricultores estén pidiendo en este momento ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es que no se derribe ni un invernadero más hasta que no se resuelvan los recursos, los que están ya presentados y los que ni siquiera han podido ser presentados porque los afectados no han recibido notificación a tiempo. De hecho la familia del primer invernadero que se tiró ayer recibió la notificación cuando ya estaba en el suelo.
Según me explicaba uno de los abogados de la plataforma en la sentencia judicial – que está ejecutando Costas desde ayer – se autoriza a ésta a desmantelar los invernaderos que son propiedad de los agricultores. Así que se reconocería la propiedad de las estructuras de los invernaderos a los productores, ¿pero quién los indemniza con daños y perjuicios?Desde la plataforma de afectados no solo se esgrime esto, es decir, que las invernaderos como tales son de los agricultores, sino que se además niega la mayor en cuanto a su ubicación, en cuanto al deslinde, ya que según esta parte el argumento que defiende Costas se basa en una Orden Ministerial de 2000 que a su vez está basada en una Orden Ministerial de 1977 que nunca llegó a notificarse ni comunicarse (pongo ahora lo de supuestamente). Un lío, en definitiva, porque la otra parte alega que los invernaderos están bajo dominio público y que ahora el Estado quiere recuperarlos, sobre todo después de la primera sentencia de un juez que es lo que justificaría lo que está sucediendo desde ayer. Más lío, aún. No es menester meterse en camisa de once varas porque el asunto va para largo. En la vida he aprendido que la retórica hace posible que se defienda casi cualquier argumento, cayendo en el sofismo y en la demagogia, si el orador es bueno. Así que tengan más razón unos u otros, al margen de todo ello – porque no es el propósito de este artículo – la pregunta es la siguiente: ¿Podemos llegar a una solución que les permita a estos agricultores que son solo agricultores y no saben ser otra cosa poder seguir viviendo dignamente cultivando sus hortalizas? ¿O tendrán que emigrar? Porque no olvidemos que esta zona en litigio no es lugar turístico ni industrial y no hay previstos proyectos de inversión en la línea de tierra que quiere ahora recuperar Costas.
¿Venezuela? NO, ESPAÑA, SUPUESTO ESTADO DE DERECHO EUROPEO
Argumentos posiblemente tengan ambas partes, los que quieren tirar los invernaderos abajo y los que los defienden del derribo. Pero esto es un blog y no un juzgado que dictamina la letra pequeña de quien tiene más o menos razón. Aquí procuro poner la humanidad que olvidan los señores de toga.
Hoy jornada de lluvia, segundo día con los operarios enviados por la Dirección de Costas entre los dos invernaderos que tiraron ayer. Hoy están recogiendo los restos de una finca de tomate cherry, que en solo unos días iniciaba su recolección, y otra de berenjena. Mañana será el tercer día y nadie sabe si seguirán recogiendo entre estas fincas derruidas o iniciarán la demolición del resto. Lo cierto es que los agricultores se están moviendo para detener esta situación y que no continúen los invernaderos cayendo al suelo uno tras otro.
Anoche – día en el que la pesadilla del derribo tomó forma de realidad – se empezaron a registrar las primeras reacciones de los agricultores, en vía judicial, contra las actuaciones de Costas, los operarios y empresas que las están protagonizando. Según me explicaban esta tarde desde la Plataforma de Afectados, se han presentado denuncias en vía penal contra las personas responsables, por:
–Presunta vulneración de derechos fundamentales recogidos en la Constitución: Art 17 Derecho de Propiedad; Art 41 Derecho a una buena administración; art 47 Derecho a la tutela judicial efectiva (porque no han notificado la Orden judicial para poder alegar y defenderse a algunos de los agricultores afectados).
–Por presuntos delitos de prevaricación (resolución injusta a sabiendas) y falsedad documental (porque no existe la O.M. aprobatoria de deslinde para este tramo de costa).
Con tales denuncias, en trámite desde esta misma mañana, se ha solicitado que se paralicen las actuaciones de entrada, demolición, destrucción de cosechas y desmantelamiento de invernaderos, mientras no se resuelvan los recursos a los que tienen derecho los afectados.
Actualmente se están preparando recursos de apelación contra las órdenes judiciales de entrada en algunas fincas, dictadas por el Tribunal de Justicia de Andalucía, órgano que las dicta aclarando que no está entrando a conocer del fondo de la cuestión y que accede a lo pedido por Costas ya que le presenta unas resoluciones administrativas “formalmente válidas”. Dicho órgano judicial concede a los agricultores un plazo de 15 días para interponer un recurso de apelación contra la referida orden judicial de entrada y demolición, a un solo efecto (devolutivo o sea para ser revisado por un órgano superior, pero no suspensivo), y la administración de Costas no ha esperado a que los afectados aleguen lo que a su derecho conviene o puedan defenderse.
Una tercera vía de impugnación contra todo lo actuado por Costas está en preparación. Una demanda judicial excepcional, en petición de Anulación de Sentencias en base al artículo 510 de la Ley de Enjuiciamiento civil.
De hecho, me explicaba Antonio, presidente de la plataforma, que ayer se produjo una situación kafkiana. El joven matrimonio del invernadero de cherry que fue derruido recibía a mediodía la carta en la que se le indicaba que disponían de quince días para recurrir la sentencia que autorizaba a Costas a desmantelar los invernaderos de esta zona. De ahí que lo que los agricultores estén pidiendo en este momento ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía es que no se derribe ni un invernadero más hasta que no se resuelvan los recursos, los que están ya presentados y los que ni siquiera han podido ser presentados porque los afectados no han recibido notificación a tiempo. De hecho la familia del primer invernadero que se tiró ayer recibió la notificación cuando ya estaba en el suelo.
Según me explicaba uno de los abogados de la plataforma en la sentencia judicial – que está ejecutando Costas desde ayer – se autoriza a ésta a desmantelar los invernaderos que son propiedad de los agricultores. Así que se reconocería la propiedad de las estructuras de los invernaderos a los productores, ¿pero quién los indemniza con daños y perjuicios?Desde la plataforma de afectados no solo se esgrime esto, es decir, que las invernaderos como tales son de los agricultores, sino que se además niega la mayor en cuanto a su ubicación, en cuanto al deslinde, ya que según esta parte el argumento que defiende Costas se basa en una Orden Ministerial de 2000 que a su vez está basada en una Orden Ministerial de 1977 que nunca llegó a notificarse ni comunicarse (pongo ahora lo de supuestamente). Un lío, en definitiva, porque la otra parte alega que los invernaderos están bajo dominio público y que ahora el Estado quiere recuperarlos, sobre todo después de la primera sentencia de un juez que es lo que justificaría lo que está sucediendo desde ayer. Más lío, aún. No es menester meterse en camisa de once varas porque el asunto va para largo. En la vida he aprendido que la retórica hace posible que se defienda casi cualquier argumento, cayendo en el sofismo y en la demagogia, si el orador es bueno. Así que tengan más razón unos u otros, al margen de todo ello – porque no es el propósito de este artículo – la pregunta es la siguiente: ¿Podemos llegar a una solución que les permita a estos agricultores que son solo agricultores y no saben ser otra cosa poder seguir viviendo dignamente cultivando sus hortalizas? ¿O tendrán que emigrar? Porque no olvidemos que esta zona en litigio no es lugar turístico ni industrial y no hay previstos proyectos de inversión en la línea de tierra que quiere ahora recuperar Costas.
La ley hay que respetarla, ya que es lo que nos organiza como personas civilizadas, pero la ley está sujeta a muchas interpretaciones y pocas veces tiene una lectura sencilla e inequívoca. Así que como su lectura e interpretación depende de la voluntad de quien la lee e interpreta, ¿es posible llegar a un entendimiento entre las partes sin que el eslabón más débil de la cadena, el representado por los agricultores, sea el perjudicado? ¿Ponemos un poco de corazón y humanidad a este asunto?
Posdata: todas las imágenes son de hoy jueves, segundo día de pesadilla para estas familias de pequeños agricultores.
http://joseantonioarcos.es/2017/11/30/costas-granada-agricultores-invernaderos/¿Venezuela? NO, ESPAÑA, SUPUESTO ESTADO DE DERECHO EUROPEO
sábado, 7 de octubre de 2017
UN BUEN VISOR COMPARATIVO DE LA COSTA DESPUÉS DE LOS TEMPORALES
http://betaportal.icgc.cat/comparador-costa/#11/41.6480/2.7712
Paso 1.-
presionar en el botón e abajo
Paso 2.- presionar botón de la derecha
Paso 3.- poner el cursor en el círculo y moverlo de
izquierda a derecha para comparar imágenes
Paso 4.- seleccionar municipio
La pregunta es: si se puede hacer este tipo de visores comparativos, ¿por qué Costas S.A. no tiene ninguno a nivel nacional tanto de temporales, como de deslindes, etc...?
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