El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado el 
expediente incoado por la Demarcación de Costas contra propietarios de 
viviendas de Bajo La Cuesta,  para  recuperar el dominio público 
marítimo terrestre. Una sentencia fechada el pasado 29 de marzo da  este
 procedimiento administrativo por caducado, debido a que se notificó a 
los afectados fuera del plazo aplicable en estos casos.
El fallo lo  dictó la Sección Primera de la Sala de lo 
Contencioso-Administrativo,  tras un recurso interpuesto por ocho 
vecinos de este barrio de Candelaria,  representados por el abogado 
Pedro Fernández Arcila, aunque sólo se estimaron las pretensiones de dos
 demandantes. Al resto se les desestimó,  pues  apelaron contra la 
inadmisión de sus respectivos recursos del alzada por parte de Costas, 
al ser presentados  fuera de plazo.
El TSJC sostiene en los fundamentos de derecho que  “al no haber 
ninguna norma de este concreto procedimiento que establezca un plazo,  
ha de tramitarse y resolverse en  tres meses”, por lo que “de esta forma
 se llega a la conclusión de que se ha producido caducidad en el 
procedimiento de recuperación posesoria del dominio público 
marítimo-terrestre seguido por la Administración” contra estos vecinos 
candelarieros.
Y ello es así porque “incoado este procedimiento en la fecha de 26 de diciembre de 2007, y notificados los interesados de la resolución del expediente en 28 de marzo de 2008, obvio es que la tramitación administrativa sobrepasó el plazo perentorio de tres meses que era aplicable al caso” de Bajo La Cuesta.
La sentencia -dictada por los magistrados  Angel Acevedo (en calidad 
de presidente del tribunal), Rafael Alonso y María del Pilar Alonso-  no
 entra en el fondo del litigio, sino aborda la cuestión formal de los 
plazos que deben cumplir la Administración, y en este sentido invoca la 
la Ley 30/1992 que fija una “regla general” de seis meses para adoptar y
 notificar resoluciones expresas, con dos excepciones: puede ser mayor 
de un semestre si así lo establece una norma con rango de ley o de 
aplicación en la Unión Europea, o bien de tres meses cuando las normas 
reguladoras de los procedimientos administrativos no prevean un tiempo 
máximo.
Unas 30 familias de este núcleo llevan cuatro años reclamando que se 
revise el trazado del nuevo deslinde, de 2006. La Dirección General de 
Sostenibilidad de la Costa y del Mar ha sostenido que, si bien las 
viviendas son anteriores a 1988 – cuando entró en vigor la Ley- se 
construyeron  ya de forma ilegal dentro del deslinde existente desde 
1969. 
http://www.diariodeavisos.com/2012/05/04/actualidad/el-tsjc-suspende-los-derribos-en-bajo-la-cuesta/