La Ley de Costas de 1988 ha sido una ley polémica desde el principio y más aun por su complicada y difícil aplicación y por ello, después de 21 años de vigencia, ha demostrado su total ineficacia para la preservación del litoral Español que era su loable objetivo. Se ha favorecido a algunos y por contra se ha cebado con pequeños propietarios que, con total legitimidad y de acuerdo con la Ley anterior vigente, adquirieron de buena fe sus viviendas y negocios construidos con sus correspondientes licencias, impuestos y demás requisitos legales, así como formalmente inscritas en el registro de la propiedad. Algunos tan importantes para la economía local como esteros y salinas, que además de la riqueza y mano de obra generadas, garantizaban un mantenimiento, conservación y limpieza de estos suelos que actualmente no pueden ser atendidos por el nuevo titular que es el Estado. Otros, como un puerto turístico-deportivo, parece que han conseguido ganar políticamente la batalla a la imbatible judicialmente Ley de Costas.
La titulamos como ley confiscatoria porque se está aplicando con retroactividad, contraviniendo la Constitución y creando por ello una inseguridad jurídica sin precedentes en un estado de derecho. Con esta ley el Estado confisca unas propiedades que fueron legalmente autorizadas por Costas por estar dentro de ordenación conforme a la anterior ley de 1969 y por ello consolidadas como zonas urbanas y agropecuarias o industriales. Parece totalmente injusto que quien construyó de buena fe y de acuerdo con el deslinde legal de ese momento, pueda ser desposeído de su titulo de propiedad y se le sustituya por un usufructo durante un número de años o se le expolie con una indemnización muy inferior al valor de mercado. Tampoco la nueva ley ha sido igual para todos al realizarse deslindes por algunas demarcaciones fuera de toda lógica en donde la misma línea deslindada puede seguir trayectorias inverosímiles en zigzag, sin entenderse muy bien la base de los criterios seguidos pero si coincidiendo con determinados intereses o caprichos técnicos. Todo esto ha dado lugar a infinidad de pleitos de afectados para defender su propiedad, reconocida en el registro, que extrañamente los jueces ignoran y fallan aplicando la ley con carácter retroactivo. Por ello no sorprende que el Parlamento Europeo haya condenado a España por el abuso urbanístico y por no respetar la propiedad privada, algo inconcebible en un país democrático como es el incumplimiento de la Carta de Derechos Humanos. El Informe Auken, votado por amplia mayoría, considera inaceptable la laxitud de la justicia Española en la aplicación de esta ley.
Numerosos afectados se están organizando para tratar de romper el circulo cerrado español por las sospechosamente unánimes sentencias contrarias a sus tesis y que legitiman al Gobierno y esperan que el parlamento y tribunales europeos puedan evitar que en España se aplique una ley con carácter retroactivo. Por parte del Partido Popular trataremos de modificar la ley para evitar injusticias y poder proceder con más rigor contra quienes no obraron de buena fe y fueron conscientes de construir en zonas protegidas.