Presidente CARMEN DEL AMO, tf 626 823 246. e-mail: perjudicadoporcostas@yahoo.es // Vicepresidente 1º JON ITURRIBARRIA // Vicepresidente 2º GUILLERMO CASANOVA
LA VERDAD SOBRE LA LEY DE COSTAS (incluida en el informe auken)
A Nuestra Costa (2012) from Antidoto Sonoro on Vimeo.
sábado, 27 de febrero de 2010
Los damnificados por la Ley de Costas recurren a Bruselas
jueves, 18 de febrero de 2010
CHAVEZ COPIA LA LEY DE COSTAS ESPAÑOLA
Este fué el resultado cuando regresó a Venezuela.
Portu Errota (Francisco Valdelande Manteca. Apoderado del PSOE en Juntas Generales de Vizcaya. Bilbao | )
domingo, 14 de febrero de 2010
Ozollo errota, arriskuan
Urdaibaiko itsasadarrean bizirik jarraitzen duen marea errota bakarra da Ozollokoa. Marearen gorabeherei aurre egin die mendeetan, baina Kosten Legea du orain aurrez aurre.
Ozollo errota, arriskuan
Urik ez duen errotak ez du soinurik egiten. Gautegiz Arteagako (Bizkaia) Ozollo errotan marearen gorabeherek soinua egiten jarraitzen dute, eta oihartzun handia dute, gainera. Izan ere, Europako Batasuneko Parlamenturaino heldu dira marearen gorabeherak. Ezohiko protagonismoa, ezohiko egoeran den duen errotarentzat.
Urdaibaiko itsadarrean bizirik dirauen marea errota bakarra da Ozollo. XVIII. mendearen bukaeran eraiki zuten, mekanismo bereko beste bost errotarekin batera. Bizkai osoan hamabi bat izan zirela uste da, baina lurralde osoan bost errotaren arrastoak baino ez dira gelditzen egun. Ozollo errota da , zalantzarik gabe, mendeetan zehar ondoen iraun duena. Horregatik, Bizkaiko Foru Aldundiak eta Eusko Jaurlaritzak ondare artistiko izendatu zuten 1999. urtean.
Marearen indarrean oinarritutako funtzionamendua du Ozollok. Errotak marea koten arteko beherakada nabarmenari probetxu ateratzen dio. Errota itsasertzetik bost bat kilometrotara dago, eta itsasbeherak luze irauten du bertan. Itsasgora, aldiz, azkar izaten da. Urak hiru orduan egiten du gora, eta bederatzi orduan behera. Errotak zazpi orduko iraupena duten bi ziklo baliatzen ditu indarra sortzeko. Horretarako, itsasadarraren paduraren alde batean dagoen biltegiak ura biltzen du.
Biltegiaren punturik beherenean gurpil motorrak daude. Itsasbeheraldiaren erdialdean, biltegiak ura askatzen du, ur lasterrak gurpilei eragiten die, eta, hala, indarra sortzen da. Mekanismo horri eutsi diote mendeetan Ozollon, marearen indarrari aurre eginez.
«Errota bota nahi dute»
Ondare izendatutako altxor hau, baina, desagertzeko arriskuan dago, Jon Iturribarria errotaren jabeak salatu duenez. 1988. urtean onartutako Kosten Legea da, haren ustez, horren erantzule nagusia.
«Nire etxea jabego publikokoa dela esaten dute, itsasadarretik hiru metro baino gutxiagora dagoela esaten dutelako. Legearen arabera, jabego publikoan dauden eraikinak bota behar dira. 1988. urtean egindako lege batek nola eragingo dio 1683. urteko etxebizitza bati?». 1996. urtean hasi zen auzia, urte horretan Ozollo Errota jabego publiko gisa izendatzeko lehenengo saiakera egin zutelako. Kalte ordainik eman gabe errota Estatuaren esku utzi nahi zuten. Iturribarriak helegitea jarri zuen Auzitegi Gorenean -oraindik ez du epaia kaleratu-, eta geroztik auzitan jarraitzen dute. Jabeak azpimarratu duenez, kasua Europako Batasuneko Parlamenturaino heldu da.
1996. urtetik, Iturribarriari ez diote errotan obrak egiteko baimenik eman. Iazko urtarrileko denboraleak «kalte handiak» sortu zituen Ozollon. «Haizeak Gautegiz Arteagako etxebizitza gehienen teilatuak eraman zituen. Ozolloko teilatua birrindua dago, ura etxera sartzen zaigu». Azken hilabeteetako euriteek, gainera, sukaldeko sabaia lurrera bota dute. Iturribarriak Udalari baimena eskatu dio teilatua berritzeko, baina Gobernuak Udalari baimena emateko aukera ukatu dio.
Bere etxetik kanporatu ezin dutenez, Espainiako Gobernuaren helburua Ozollo botatzea dela uste du Iturribarriak. «Gobernua nire etxea botatzen ari da, berrikuntzak egiteko baimenak ukatuz. Ondare izendatutako monumentua txikitzen ari dira». Ezkutuko interesak daudela uste du Iturribarriak: «Interpretazio gune bat egin nahi dute Ozollon».
sábado, 13 de febrero de 2010
La Ley de Costas impide el desarrollo acuícola y salinero
El eurodiputado, que ayer visitó La Isla y Barbate para abordar la situación del sector pesquero y acuícola
El eurodiputado del PP y vicepresidente de la comisión de peticiones del Parlamento europeo, por otro lado, se reunió ayer en las instalaciones de la empresa Cupimar en San Fernando con empresarios acuícolas y salineros cuyas propiedades están afectadas por la Ley de Costas y que reclaman en Europa una solución este problema.
Se trata de propuestas que el vicepresidente de Cupimar, Lázaro Rosa, tildó de "un llamamiento al sentido común" habida cuenta de la precaria situación económica de la Bahía y la provincia. "La aplicación de la Ley de Costas intenta desposeernos de todas nuestras propiedades y eso ha significado que todos los proyectos e ideas que teníamos para desarrollar actividad en la zona se han paralizado y se han abandonado", afirmó.
Para el parlamentario del PP Aurelio Sánchez, que acompañó a Iturgáiz en su visita a Cádiz, se trata de una evidente "situación inconstitucional". "Se trata de recuperar la propiedad que se les confisca en aplicación de la Ley de Costas con carácter retroactivo, creemos que es algo exento de toda legalidad y por eso recurrimos al Parlamento europeo".
El eurodiputado Iturgáiz, por su parte, escuchó las demandas del sector acuícola y mostró su compromiso para trasladarlas al debate europeo a través de la comisión de petición, órgano que este año va a analizar en su globalidad la Ley de Costas española, según anunció ayer. "Les he animado a que trasladen sus peticiones a través de la comisión lo antes posible para que puedan ser estudiadas".
miércoles, 10 de febrero de 2010
El TSJC ordena derribar Cerrias I en quince días tras rechazar los recursos
Santander, 10 feb (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha rechazado los recursos del Ayuntamiento de Piélagos y de los afectados contra la orden para iniciar el derribo de Cerrias I (Liencres) y ha establecido que los trabajos deben comenzar en el plazo de quince días y concluirse en seis meses.
En un auto que se ha dado a conocer hoy, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC rechaza los argumentos aducidos por el Ayuntamiento y los afectados, que pedían que se suspendiera la orden de derribo porque todavía no se han resuelto los recursos presentados contra el Plan de Ordenación del Litoral y el deslinde de la costa de Piélagos.
El TSJC destaca que la pendencia de estos recursos ante la Audiencia Nacional (en el caso del deslinde) y ante el Tribunal Constitucional (por el Plan de Ordenación del Litoral) no puede alterar el fallo de la sentencia firme de la Sala de lo Contencioso Administrativo que, "con valor de cosa juzgada", declaró el carácter no urbano de la urbanización de los terrenos de Cerrias I, compuesta por 17 viviendas unifamiliares.
El auto remarca que la sentencia del TSJC de 1998 que declaró ilegal la licencia de Cerrias I ya señaló "de forma clara y rotunda" que la clasificación como urbanos de los terrenos era "contraria a Derecho", y ello supone que "cualquier disposición posterior sobre el carácter urbano sobrevenido" de ese suelo "resulta ociosa".
E insiste en que el cambio de clasificación de los terrenos no puede devenir de una transformación urbanística "consecuente a una actuación urbanizadora ilegal".
Además, la Sala rechaza el acuerdo adoptado por la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CROTU) el pasado mes de diciembre, para que los terrenos que ocupa Cerrias I se incluyan en una adaptación del Plan de Ordenación del Litoral (POL) y el Ayuntamiento los clasifique después como urbanos en su plan general.
El TSJC subraya que "la puerta abierta" por la CROTU "a la legalización futura" de los terrenos mediante la introducción de modificaciones en un futuro planeamiento urbanístico del municipio de Piélagos "pasa por el respeto a los pronunciamientos" de la Sala de lo Contencioso Administrativo, y recalca que la imposibilidad de clasificar ese suelo como urbano "permanece a día de hoy".
La Sala agrega que la clasificación de ese suelo como urbano sería "contraria a Derecho", ya que se haría en contra de la Ley del Suelo de 1992 que estaba vigente entonces.
Y recuerda que, al confirmar la ilegalidad de las casas, el Tribunal Supremo señaló la imposibilidad de clasificar los terrenos como urbanos aunque "materialmente pudieran tener ese carácter", ya que su transformación sería "consecuencia directa de la ejecución del Plan General de Ordenación Urbana ilegal".
También subraya que el Plan de Actuación del Gobierno sobre las urbanizaciones con sentencias de derribo (que no contemplaba soluciones en el caso de Cerrias) "no resulta en modo alguno vinculante" para la Sala de lo Contencioso Administrativo.
Los magistrados añaden que la pretensión del Ayuntamiento de Piélagos de que se dé un mismo tratamiento jurídico a todos los supuestos de viviendas con sentencias de demolición es "inviable" por las diferencias de cada caso.
La Sala indica que el derribo de Cerrias I debe ejecutarse en seis meses, pero señala que si se prueba que ese plazo no es suficiente podría prorrogarse no más allá de dos meses más, siempre y cuando el Ayuntamiento acredite a través de información quincenal que las obras de demolición se están ejecutando.
lunes, 8 de febrero de 2010
Respaldo parcial (del Tribunal Constitucional) a la ley de poblados costeros
El Tribunal Constitucional ha fallado parcialmente a favor de la Ley de Canarias 7/2009 de 6 de mayo que modifica el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias.
Se mantiene la suspensión sobre el artículo primero que abogaba por permitir nuevas construcciones en lugares donde haya acceso rodado o zonas consolidadas, pero se levanta dicha suspensión sobre los artículos 2 y 3. En ellos se concede a la Administración urbanística la potestad para fijar el límite interior de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre; así como la elaboración de un censo de edificaciones que, ubicadas en el demanio marítimo-terrestre, tengan un valor etnográfico, arquitectónico o pintoresco.
Así se recoge en el fallo emitido por el Constitucional el pasado mes de diciembre cuando estaba a punto de terminar el plazo de cinco meses para el cumplimiento de la suspensión de la ley después de que el Gobierno de España acudiera a los tribunales para revocar la modificación aprobada por el Parlamento canario el pasado año, tras los derribos del pueblo costero de Cho-Vito, entre otros.
Los fundamentos jurídicos esgrimidos por el Pleno del Tribunal Constitucional han subrayado que "en materia de suspensión cautelar la salvarguarda del interés ecológico merece la condición de interés preferente, dada la fragilidad e irreparabilidad de los perjuicios que se podrían producir en caso de su perturbación, por lo que sólo cabe admitir su subordinación a otros intereses públicos o privados de carácter patrimonial".
jueves, 4 de febrero de 2010
El molino Portu Errota
El lado oscuro de Cerrias
http://www.eldiariomontanes.es/v/20100203/region/centro-bahia/lado-oscuro-cerrias-20100203.html
CANARIAS, PARAISO DE LA CORRUPCIÓN
EL BERUGO 1992 - Comienza el acoso del hormigón
EL BERRUGO 2002 - Ganando terreno al mar para construir
lunes, 1 de febrero de 2010
Sólo hay piqueta para casas pobres
Una vivienda centenaria de pescadores en Lanzarote, a punto de ser derribada mientras decenas de hoteles de lujo ilegales siguen en pie
La casa donde vivía desde hace tres generaciones la familia de Santiago Medina Cáceres, carpintero jubilado de 73 años de edad, tiene los días contados. Se trata de una morada de pescadores de más de 100 años de antigüedad situada en la costa de Berrugo (Yaiza), al sur de Lanzarote, en una zona entre Papagayo y Playa Blanca. Esa casa es un bastión para los ciudadanos que llevan años defendiendo otro modelo turístico para Lanzarote. Será historia en cuestión de días, mientras decenas de hoteles ilegales siguen funcionando.
La casa ha sido ya desalojada por un auto dictado por la jueza María Dolores García Benítez, del Juzgado número 2 de Arrecife, que obliga a la ejecución provisional de una sentencia que exige la entrega de la casa a la Junta de Compensación de un plan urbanístico. En el auto figura la autorización expresa a la comisión judicial a que recabe el auxilio de la fuerza pública, si hubiera oposición.
En esta casa ha vivido la misma familia desde el tatarabuelo de Santiago Medina. Como otras construcciones tradicionales de la costa de Canarias, la propiedad nunca figuró en ningún registro. Según explican fuentes de la defensa de los Medina, en 1986 unos empresarios registraron el terreno fraudulentamente. Posteriormente, lo vendieron a los promotores del plan llamado Castillo del Águila, y a su alrededor la casa vio crecer apartamentos, hoteles, comercios y un puerto deportivo.
Sólo la casa, ejemplo de la arquitectura popular canaria, con 400 metros de inmueble en un solar de más de ochocientos metros, recuerda cómo fue aquel lugar. Hoy está retirada de la orilla por las diversas edificaciones. El centro comercial ni siquiera estaba contemplado en el proyecto inicial de la Marina Rubicón, ambos construidos en terreno ganado al mar. Al centro comercial se opuso la Dirección de Costas, pero nunca llegó a actuar, según afirma Pedro Hernández, portavoz del grupo ecologista El Guincho.
Ahora, la juez decide que la propiedad debe pasar a la Junta de Compensación del plan urbanístico. Y el derribo es inminente. La decisión es llamativa en una isla en la que hay sin ejecutar al menos 37 sentencias firmes desde hace tiempo que declaran ilegales las licencias de numerosos hoteles. Esas sentencias son firmes, pero los hoteles siguen en funcionamiento en esa misma costa sur de Lanzarote (según datos de la página web del propio Cabildo de Lanzarote, legalidadurbanistica.org).
La sentencia contra la familia Medina no es firme, ya que está recurrida ante la Audiencia Provincial de Las Palmas. Sin embargo, a su casa le quedan horas. Según piensan los propietarios, una vez desalojados el derribo será inminente, como ya sucedió en otros lugares de Lanzarote; "En Tías [otro municipio] no esperaron a que se viera el recurso, y luego resultó que se anuló la licencia del campo de golf".
La jueza ha declinado hacer declaraciones a EL PAÍS. Según la información recabada ante el Juzgado de Arrecife por el gabinete de prensa del Tribunal de Justicia de Canarias, el auto de ejecución provisional no se trata de un desahucio técnicamente, sino que se da posesión a su propietario según el artículo 41 de la Ley Hipotecaria.
Santiago Medina, el más pequeño de una familia de diez hermanos, de los que sólo quedan vivos seis propietarios del inmueble, dice que han decidido sacar sus enseres y no estar cuando llegue el agente judicial acompañado de la fuerza publica, "porque ya somos muy mayores y tenemos muchos achaques, y ni el corazón, ni el azúcar nos permite aguantar más este avasallar". En torno a este caso se articuló, hace aproximadamente diez años, por primera vez un movimiento popular para frenar la presión urbanística sobre la isla.
"Son muchos años de batalla", añade Medina, "pero estoy orgulloso y agradecido porque gracias a esta lucha, los vecinos de la isla se manifestaron masivamente y se consiguió que el Cabildo y la Fundación César Manrique recurrieran a la Justicia para poner freno a la terrible especulación del litoral que hay en Lanzarote".
De la casa de los Medina hasta hoy cuelga una pancarta con un lema: "Si luchamos podemos perder, si no lo hacemos estamos perdidos", una expresión que se ha hecho popular más allá de la isla.
Entre los vecinos relevantes que apoyan está causa se encuentra el Premio Nobel de Literatura, José Saramago. "Los turistas son como abejas, pero pican", suele decir Saramago. En varias conferencias públicas en la isla ha reclamado dignidad y que se cumplan las sentencias, sin buscar estratagemas para transigir con la especulación.